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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1625799 2019


(CVE 1625799)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 169, DE 2017, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE CREA EL COMITÉ PARA EL PLAN DE ACCIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y EMPRESAS

Núm. 28.- Santiago, 5 de marzo de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 1 inciso tercero, 24, 32 N° 6 y 35, todos de la Constitución Política de la República; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley N° 21.080, que Modifica Diversos Cuerpos Legales con el Objeto de Modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto supremo N° 169, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1.- Que a objeto de cumplir con los compromisos internacionales del Estado de Chile en materia de Derechos Humanos y Empresas, por decreto supremo N° 169, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se creó el Comité para el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos y Empresas.
2.- Que conforme a los artículos 2° y 4° del aludido decreto supremo, el Ministerio de Relaciones Exteriores preside dicho Comité y tiene una Secretaría Ejecutiva radicada en la Subsecretaría de Relaciones Exteriores.
3.- Que en las instancias de coordinación del referido Comité, sus integrantes consideraron más adecuado que dicho Comité Asesor fuese presidido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su Secretaría Ejecutiva se radique en la Subsecretaría de Derechos Humanos.
4.- Que es necesario modificar el decreto supremo N° 169, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Decreto:

Artículo único.- Modifícase el decreto supremo N° 169, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la siguiente forma:

1. Sustitúyanse en el artículo 2°, las letras a) a la d), por las siguientes:

a) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien presidirá el Comité.
b) Ministerio de Relaciones Exteriores.
c) Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
d) Ministerio de Desarrollo Social.

2. Reemplácense en los artículos 4° y 5°, las palabras Subsecretaría de Relaciones Exteriores por Subsecretaría de Derechos Humanos.

Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Roberto Ampuero Espinoza, Ministro de Relaciones Exteriores.- José Ramón Valente Vias, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Desarrollo Social.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.- Nicolás Monckeberg Díaz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Baldo Prokurica Prokurica, Ministro de Minería.- Susana Jiménez Schuster, Ministra de Energía.- Carolina Schmidt Zaldívar, Ministra del Medio Ambiente.- Isabel Plá Jarufe, Ministra de la Mujer y la Equidad de Género.

Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Ricardo G. Rojas, Director General Administrativo.




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