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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1737599 2020


(CVE 1737599)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

NOMBRA Y DESTINA A DON ROBERTO AMPUERO ESPINOZA PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADOR DE CHILE ANTE EL GOBIERNO DE ESPAÑA

Núm. 131.- Santiago, 13 de agosto de 2019.

Vistos:

La Constitución Política de la República; el DFL N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; la Ley N° 21.125, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019; el decreto N° 2.421 de 2014, del Ministerio de Hacienda; el decreto 2.154 de 1997, el DFL N° 33 de 1979; los decretos N°s 351 de 2018, y 130 de 2019, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones N°s. 30 de 2015, y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que mediante decreto N° 351 de 2018, de esta Secretaría de Estado, se aceptó la renuncia presentada por señor Germán Orlando Ibarra Moran, al cargo de Embajador 1ª Categoría Exterior, a contar del 1 de marzo de 2019, de la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Que mediante decreto N° 130 de 2019, citado en los Vistos, el señor Jorge Tagle Canelo cesó de prestar servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de España, a contar del 1 de septiembre de 2019.

Decreto:

Nómbrase al señor Roberto Ampuero Espinoza (RUN N° 6.967.395-3), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 1 de septiembre de 2019.
Destínase al señor Roberto Ampuero Espinoza (RUN N° 6.967.395-3), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de España, a contar del 1 de septiembre de 2019.
La persona señalada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto N° 2.421 citado en los Vistos, y contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.
Establézcase que el Embajador tendrá derecho, para él y su grupo familiar, a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 antes citado, ajustándose además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997, de esta Secretaría de Estado.
Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Impútense los gastos que este decreto genere, a los subtítulos 21.01.001 21.04.001
22.08.007, del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.




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