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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1859334 2020


(CVE 1859334)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
NOMBRA A DON FRANCISCO SEPúLVEDA VALENZUELA EMBAJADOR
1ª CATEGORÍA EXTERIOR

Núm. 121.- Santiago, 1 de septiembre de 2020.

Vistos:
La Constitución Política de la República; el DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; la ley N° 21.192 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020; el decreto N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 10.336 Orgánica de la Contraloría General de la República; el DFL N° 33 de 1979 y los decretos Nos 2.154 de 1997, 76 de 2019, 65 de 2020, y la resolución ministerial exenta N° 73 de 2020, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones Nos 30 de 2015 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:
1. Que mediante decreto N° 76 de 2019, se aceptó la renuncia del señor José Miguel Menchaca Pinochet, al cargo de Embajador 1ª Categoría Exterior, a contar del 1 de septiembre de 2019.
2. Que mediante decreto N° 65 de 2020, se dispuso la adscripción de la señora Marisol Pérez Carranza en su cargo de Embajadora de Chile ante el Gobierno de Nicaragua, a contar del 16 de julio de 2020.
3. Que mediante resolución ministerial exenta N° 73 de 2020, se aceptó la renuncia del señor Francisco Sepúlveda Valenzuela, al cargo de Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª Clase, 2ª Categoría Exterior, a contar del 16 de septiembre de 2020.

Decreto:
1. Nómbrase al señor Francisco Sepúlveda Valenzuela (RUN N° 8.867.741-2), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 16 de septiembre de 2020.
2. Destínase al señor Francisco Sepúlveda Valenzuela (RUN N° 8.867.741-2), Embajador 1ª Categoría Exterior para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Nicaragua, a contar del 16 de septiembre de 2020.
3. La persona señalada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto N° 2.421 citado en los Vistos, y contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución N° 30 de 2015 de la Contraloría General de la República, y pasará de la Planta B Presupuesto en Moneda Nacional a la Planta A Presupuesto en Moneda Extranjera.
4. Establézcase que el Embajador tendrá derecho, para él y su grupo familiar, a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 antes citado, ajustándose además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997, de esta Secretaría de Estado.
5. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efectos sin esperar su total tramitación.
Impútense los gastos que este decreto genere, a los subtítulos 21.01.001 21.04.001
22.08.007, del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comutúquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENQ! UE, Presidente de la República de Chile.- Andrés Allarnand, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.




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