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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1863958 2020


(CVE 1863958)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
DESTINA A DOÑA GLORIA CID CARREÑO COMO EMBAJADORA ANTE EL GOBIERNO DE COREA DEL SUR

Núm. 69.- Santiago, 29 de mayo de 2020.

Vistos:

La Constitución Política de la República; la Ley 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; lo dispuesto en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; la Ley N° 21.192 de Presupuestos del Sector Público para el año 2020; el DFL N° 33, de 1979; los decretos N°s 2.154 de 1997, 50 de 2019, y 12 de 2020, todos de esta Secretaría de Estado; la ley N° 10.336; las resoluciones N°s 30 de 2015, y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:

1. Que por decreto N° 50, de 2019, se nombra a la señora Gloria Cid Carreño como Embajadora 1ª Categoría Exterior de la Planta del Servicio Exterior, del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 1 de abril de 2019.
2. Que por decreto N° 12, de 2020, se dispuso la adscripción desde la Embajada de Chile en Corea del Sur, del Embajador señor Luis Fernando Danús Charpentier.
Decreto:

1. Destínase a la señora Gloria Cid Carreño (RUN N° 9.794.475-K), Embajadora, 1ª Categoría Exterior de la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que preste servicios como Embajadora ante el Gobierno de Corea del Sur, a contar del 1 de julio de 2020.
2. La persona señalada deberá rendir la fianza establecida en el artículo 68 del decreto N° 2421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 10.336, Orgánica de la Controlaría General de la República, contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, y pasará de la Planta B Presupuesto en Moneda Nacional a la Planta A Presupuesto en Moneda Extranjera.
3. Establézcase que la Embajadora tendrá derecho a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán, además al reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, de esta Secretaría de Estado.
4. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
5. Impútese el gasto que corresponda a los Subtítulos 21-01-001, 21-04-001 y 22-08-007;
del presupuesto corriente en moneda extranjera convertido a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.




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