GobiernoTransparente


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES


DO 2021-03-12 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

(CVE 1908670)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales

ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO OCTAVO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA  DE CHILE

Núm. 38.- Santiago, 12 de marzo de 2020.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso noveno, de la Constitución Política de la República y el decreto supremo 63, de 19 de mayo de 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Considerando:

Que por decreto supremo Nº 63, de 19 de mayo de 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se promulgó el Quincuagésimo Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, celebrado entre le República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en su condición de Estados Partes del Mercado Común del Sur (Mercosur), por una parte, y la República de Chile, por la obra, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 16 de marzo de 2016, el cual fuera publicado en el Diario Oficial de 9 de agosto de 2016.

Que el referido decreto señalaba, además la entrada en vigor del aludido Protocolo Adicional entre la República de Chile y la República Argentina.

Que habiendo cumplido la República del Paraguay con lo previsto en el Artículo 2º del mencionado Protocolo Adicional, este instrumento internacional entrará en vigor entre la República de Chile y República del Paraguay el 4 de abril de 2020.

Decreto:

Artículo único: Decrétase la entrada en vigor entre la República de Chile y la República del Paraguay, del Quincuagésimo Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, celebrado entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en su condición de Estados Partes del Mercado Común del Sur (Mercosur), por una parte, y la República de Chile, por la otra, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 16 de marzo de 2016.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.






VolverTamaño de Fuente