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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2021-06-08 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
 

 

(CVE 1956508)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

PROMULGA ENMIENDAS AL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE CARGAS SÓLIDAS A GRANEL (CÓDIGO IMSBC) DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR (CONVENIO SOLAS)

 

Núm. 79.- Santiago, 1 de julio de 2020.

 

Vistos:

 

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la Ley Nº 18.158.

 

Considerando:

 

Que el Comité de Seguridad Marítima, MSC, de la Organización Marítima Internacional, mediante las resoluciones MSC.393(95), de 11 de junio de 2015, y MSC.426(98), de 15 de junio de 2017, adoptó enmiendas al Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Convenio SOLAS), publicado en el Diario Oficial de 11 de junio de 1980.

Que el referido Código se adoptó por resolución MSC.268(85), de 4 de diciembre de 2008, del Comité de Seguridad Marítima, publicada en el Diario Oficial de 25 de octubre de 2014, y tiene carácter obligatorio en virtud de la resolución MSC.269(85), de 4 de diciembre de 2008, del Comité de Seguridad Marítima, publicada igualmente en el Diario Oficial de 23 de enero de 2012.

Que las señaladas enmiendas fueron aceptadas por las Partes de conformidad a lo previsto en el artículo VIII b) vi) 2) bb) del aludido Convenio y entraron en vigor, respectivamente, el 1 de enero de 2017 y el 1 de enero de 2019, de acuerdo a lo previsto en el artículo VIII b) vii) 2) del mismo Convenio,

 

Decreto:

 

Artículo único: Promúlganse las Enmiendas al Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Convenio SOLAS), adoptadas por las resoluciones MSC.393(95), de 11 de junio de 2015, y MSC.426(98), de 15 de junio de 2017, del Comité de Seguridad Marítima, MSC, de la Organización Marítima Internacional; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la Ley Nº 18.158.

 

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us., para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.

 

 






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