GobiernoTransparente


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2021-06-18 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 1962641)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA AL SEÑOR RODRIGO ANTONIO OLSEN OLIVARES PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADOR ANTE EL GOBIERNO DE FINLANDIA

Núm. 113.- Santiago, 27 de agosto de 2020.

Vistos:

La Constitución Política de la República; la ley 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; lo dispuesto en el DFL Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo; la Ley Nº 21.192 de Presupuestos del Sector Público para al año 2020; el decreto Nº 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda; el DFL Nº 33 de 1979, los decretos N os 2.154 de 1997, 195 de 2017 y 105 de 2020, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones N os 30 de 2015 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, por decreto Nº 195 de 2017, se nombró al señor Rodrigo Antonio Olsen Olivares (RUN Nº 8.493.403-8) como Embajador 1ª Categoría Exterior de la Planta del Servicio Exterior, del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 1 de diciembre de 2017.

2. Que, por decreto Nº 105 de 2020, se dispuso el traslado desde la Embajada de Chile en Finlandia, del Embajador señor Roberto Ramón Ubilla Quevedo.

Decreto:

1. Destínase al señor Rodrigo Antonio Olsen Olivares (RUN Nº 8.493.403-8), Embajador 1ª Categoría Exterior de la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que preste servicios como Embajador ante el Gobierno de Finlandia, a contar del 16 de octubre de 2020.

2. La persona señalada deberá rendir la fianza establecida en el artículo 68 del decreto Nº 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 10.336 Orgánica de la Contraloría General de la República, contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución Nº 30 de 2015 de la Contraloría General de la República, y pasará de la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional a la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera.

3. Establézcase que el Embajador tendrá derecho para él y su grupo familiar, a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997 de esta Secretaría de Estado.

4. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.

5. Impútese el gasto que corresponda a los Subtítulos 21-01-001, 21-04-001 y 22-08-007; del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Allamand, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.






VolverTamaño de Fuente