(CVE 1981274)
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
Núm. 20.- Santiago, 17 de febrero de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.989; que crea la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, modificada por la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en el Título VI de la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en los artículos 7º, 12 y 13 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, y lo señalado en los antecedentes adjuntos a este decreto.
Considerando:
a) Que el Consejo de Alta Dirección Pública, a través de la Dirección Nacional del Servicio Civil, convocó un concurso público para proveer el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, cargo del Primer Nivel Jerárquico, de conformidad a lo dispuesto en el Título VI de la ley Nº 19.882, que regula la provisión de los cargos adscritos al Sistema de Alta Dirección Pública.
b) Que, de acuerdo a la ley precitada, el concurso referido finalizó con la emisión de una nómina de candidatos elegibles.
c) Que, en uso de las facultades constitucionales y legales contenidas en los vistos, he resuelto nombrar en el cargó señalado a la persona indicada más adelante.
Decreto:
1. Nómbrase, a contar del día 17 de febrero de 2021, a don Cristián Felipe Jara Brito, RUN Nº 15.660.011-3, en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, grado 1C de la Escala Única de Sueldos.
2. De conformidad a lo dispuesto en el artículo quincuagésimo séptimo de la ley Nº 19.882, el presente nombramiento se extenderá por un plazo de tres años, contados desde la fecha señalada en el ordinal anterior, sin perjuicio de la facultad de renovarlo en los términos previstos en el citado precepto legal.
3. El señor Jara Brito tendrá derecho a percibir los beneficios que correspondan de conformidad al Estatuto Administrativo. Asimismo, tendrá derecho a una Asignación de Alta Dirección Pública establecida en el artículo sexagésimo quinto de la ley Nº 19.882, cuyo porcentaje no podrá significar en cada año calendario una cantidad superior al 100% de la suma de las remuneraciones brutas de carácter permanente que perciba como funcionario. Dicho porcentaje ha sido fijado en un 61% de acuerdo al decreto supremo Nº 1.389, de 9 de noviembre de 2007, del Ministerio de Hacienda.
4. Por razones impostergables de buen servicio, don Cristián Felipe Jara Brito deberá asumir sus funciones en la fecha indicada en el ordinal primero, sin esperar la total tramitación de este decreto.
5. El señor Jara Brito conservará la propiedad del cargo de planta del Servicio Exterior durante el periodo en que se encuentre como Director Ejecutivo de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, incluyendo sus renovaciones, en conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo quincuagésimo séptimo de la ley Nº 19.882.
6. Impútese el gasto que demande este decreto a la Partida 06-05-01, Subtítulo 21 "Gastos en Personal", del Presupuesto de la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Anótese, tómese razón, refréndese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Andrés Allamand, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Camila Márquez Araujo, Directora General Administrativa (S).