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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2022-02-12 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2085389)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

TRASLADA A DON HERNÁN EDGARDO SALINAS BURGOS PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADOR DE CHILE ANTE EL GOBIERNO DE PAÍSES BAJOS

Núm. 61.- Santiago, 1 de junio de 2021.

Vistos:

El DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 21.289 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021; los decretos N°s 2.154 de 1997, 201 de 2018 y 123 de 2020, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones N°s 30, de 2015, y 6, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, mediante decreto N° 123, de 2020, se adscribió a la señora María Teresa de Jesús Infante Caffi (RUN 5.027.293-1), el 29 de septiembre de 2020, fecha a contar de la cual dejó de prestar funciones como Embajadora de Chile ante el Gobierno de Países Bajos.

2. Que, mediante decreto N° 201, de 2018, se nombró al señor Hernán Edgardo Salinas Burgos, Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, y se destinó a prestar servicios como Embajador a la Misión Permanente de Chile ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), con sede en Estados Unidos de América, a contar del 16 de julio de 2018.

Decreto:

1. Trasládese al señor Hernán Edgardo Salinas Burgos (RUN N° 6.372.460-2), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, desde la Misión Permanente de Chile ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), con sede en Estados Unidos de América para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Países Bajos, a contar del 18 de junio de 2021.

2. La persona señalada deberá continuar rindiendo fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto N° 2.421, citado en los vistos, contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, y permanecerá en la planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera.

3. Establézcase que el Embajador tendrá derecho a pasajes, para él y su grupo familiar, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y asignación de establecimiento, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 antes citado, ajustándose además al reglamento establecido en el decreto N° 2.154, de 1997, de esta Secretaría de Estado.

4. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efectos sin esperar su total tramitación.

5. Impútese los gastos que este decreto genere a los subtítulos 21-01-001 21-04-001 y 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Allamand, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Antonio González Sesé, Director General Administrativo (S).






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