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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2022-04-08 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
 

(CVE 2110771)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

PROMULGA EL CÓDIGO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EL EQUIPO DE BUQUES QUE TRANSPORTEN PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS A GRANEL (CÓDIGO CGrQ) Y ENMIENDAS AL MISMO

Núm. 116.- Santiago, 6 de octubre de 2021.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.

Considerando:

Que el Comité de Protección del Medio Marino, MEPC, de la Organización Marítima Internacional, adoptó el Código para la Construcción y el Equipo de Buques que Transporten Productos Químicos Peligrosos a Granel (Código CGrQ), mediante la resolución MEPC.20 (22), de 5 de diciembre de 1985, el cual adquirió el carácter de obligatorio en virtud del Protocolo de Marpol 1978, mediante la resolución MEPC.16 (22), de 5 de diciembre de 1985, que enmendó el Anexo II del Marpol 73/78, que fuera publicada en el Diario Oficial el 22 de agosto de 2003.

Que, igualmente, dicho Comité adoptó Enmiendas al aludido Código a través de las resoluciones: MEPC.80 (43), de 1 de julio de 1999; MEPC.91 (45), de 5 de octubre de 2000; MEPC.144 (54), de 24 de marzo de 2006, y MEPC.303 (72), de 13 de abril de 2018, todas en el marco del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, en su forma modificada por el Protocolo de 1978 (Marpol 73/78) publicados en el Diario Oficial 4 de mayo de 1995.

Que dicha resoluciones fueron aceptadas por las Partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del referido Convenio Marpol 73/78, y que las mismas entraron en vigor para Chile el 1 de enero de 2002, el 1 de julio de 2002, el 1 de agosto de 2007, y el 1 de enero de 2020, respectivamente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 2) g) ii) del citado Convenio.

Decreto:

Artículo único: Promúlganse el Código para la Construcción y el Equipo de Buques que Transportan Productos Químicos a Granel (Código CGrQ), adoptado mediante la resolución MEPC 20 (22) del Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional y las Enmiendas a dicho Código, adoptadas también por el Comité de Protección del Medio Marino, mediante las resoluciones: MEPC.80 (43), de 1 de julio de 1999; MEPC.91 (45), de 5 de octubre de 2000; MEPC.144 (54), de 24 de marzo de 2006; y MEPC.303 (72), de 13 de abril de 2018, respectivamente; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley 18.158.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Allamand, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Jurídica

Cursa con alcances el decreto N° 116, de 2021, del Ministerio de Relaciones Exteriores

N° E197282/2022.- Santiago, 24 de marzo de 2022.

Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se promulga el Código para la Construcción y el Equipo de Buques que Transporten Productos Químicos Peligrosos a Granel (Código CGrQ) y enmiendas al mismo, por encontrarse ajustado a derecho.

Sin perjuicio de lo anterior, cumple con señalar que la resolución MEPC.80 (43), por la que se adoptó una de las enmiendas que se promulgan por el instrumento que se analiza, entró en vigor el 1 de julio de 2002 y no en la fecha que se indica en el considerando de este último. Asimismo, cabe anotar que en el artículo único del acto en trámite se omitió señalar la fecha de la resolución MEPC.20 (22), correspondiente al 5 de diciembre de 1985.

Además, se ha estimado pertinente recordar que de acuerdo con el artículo 8° de la resolución N° 7, de 2019, de este origen, los actos afectos a toma de razón deben remitirse conjuntamente con todos los antecedentes que les sirvan de sustento.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Gunther Vargas Zincke, Contralor General (S).

A la señora

Ministra de Relaciones Exteriores Presente.

 

 






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