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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2022-04-05 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
 

(CVE 2109555)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

PROMULGA LA REVISIÓN SUSTANTIVA Nº 2 DEL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: "PLAN DE GESTIÓN PARA LA ELIMINACIÓN DE HCFC EN CHILE -FASE II"

Núm. 13.- Santiago, 21 de enero de 2022.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fechas 9 y 23 de diciembre de 2021, se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Acuerdo relativo a la Revisión Sustantiva Nº 2 del Acuerdo, suscrito entre las mismas Partes, sobre el Proyecto: "Plan de Gestión para la Eliminación de HCFC en Chile - Fase II", el que fuera publicado en el Diario Oficial de 4 de abril de 2018 y su Revisión Sustantiva Nº 1, el 21 de enero de 2022.

Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.

Decreto:

Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva Nº 2 del Acuerdo, suscrito entre las mismas Partes, sobre el Proyecto: "Plan de Gestión para la Eliminación de HCFC en Chile - Fase II", suscrito en Santiago, el 9 y 23 de diciembre de 2021; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Allamand, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.

REVISIÓN SUSTANTIVA

Título del Proyecto: Plan de Gestión para la Eliminación de HCFC en Chile - Fase II Número del Proyecto: 00087054

Número de Output: 00094200

Asociado en la Implementación: Ministerio del Medio Ambiente Fecha de inicio: 1 de septiembre de 2017

Fecha de finalización actualizada: 31 de diciembre de 2022 Número de revisión sustantiva: 2

Fecha de reunión del Comité de Aprobación de Proyectos (PAC): 19 de noviembre de 2021

Acordado por (firmas):

I. ANTECEDENTES

La Fase II del Plan de Gestión para la Eliminación de los HCFC (HPMP, Phase-out Management Plan), implementada en el período 2016 a 2022, permitirá a Chile lograr la reducción del consumo de los HCFC cumpliendo la meta del Protocolo de Montreal para el año 2020 y los compromisos asumidos bajo el Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal (el Comité Ejecutivo), de reducir el consumo de HCFC en un 45% de la línea base en el año 2020 y en un 65% en 2021, junto con la prohibición de la importación y uso del HCFC-141b a partir del 1 de enero de 2020.

Por esta razón, mediante la Decisión 76/37 del Comité Ejecutivo, se asignó al Gobierno de Chile un financiamiento total de US$ 3.394.017, de los cuales US$ 2.145.047 son implementados con PNUD, US$ 1.030.700 con ONUDI y US$ 218.270 con PNUMA (ONU Ambiente). Asimismo, especifica los siguientes compromisos del país:

. Que el Gobierno de Chile se ha comprometido a reducir el consumo de HCFC en un 45% de la base para 2020, y en un 65% de la base para 2021;

. Que el Gobierno de Chile expediría para el 1 de enero de 2020 una prohibición de la importación y el uso del HCFC 141b para el sector de fabricación de espuma de poliuretano y de las importaciones y exportaciones del HCFC-141b contenido en polioles premezclados;

. Deducir 47,1 toneladas PAO del consumo de HCFC admisible restante para la financiación;

. Deducir 2,42 toneladas PAO adicionales de HCFC-141b del consumo remanente de HCFC admisible para la financiación para dar cuenta de las exportaciones de polioles premezclados que contienen HCFC-141b, de conformidad con la decisión 68/42(b).

La estrategia nacional propuesta se preparó con base en la experiencia alcanzada en la implementación de la Fase I del HPMP, y en la actualización de la evolución del mercado de HCFC en estos años. Contempla dos puntos críticos: 1) eliminar el HCFC-141b en el sector de espuma, que es el HCFC con más alto PAO y 2) continuar la eliminación del HCFC-22 en el sector de servicios en refrigeración y aire acondicionado (R&AA), con el fin de reducir su uso; y, en ambos casos, contrarrestar el crecimiento preocupante del consumo de HFC.

Esta estrategia se vincula con los esfuerzos que el país está abordando en materias de Cambio Climático, generando información y acumulando experiencias, para monitorear las tendencias de uso de HFC en todos los sectores.

La Unidad Ozono (UO) del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) es la responsable de coordinar las acciones asociadas a cada línea estratégica, para lo cual se coordina con las diferentes áreas de la institución, tales como la Oficina de Cambio Climático, División Jurídica, Departamento de Información y Economía Ambiental, y Oficina de Comunicaciones, entre otros y con agencias gubernamentales, como el Servicio Nacional de Aduanas y el Ministerio de Salud, entre otras.

En términos concretos, esta Fase II del HPMP considera cinco líneas estratégicas: (1) Implementación de marco regulatorio para HCFC; (2) Programa de apoyo al sector de espuma; (3) Programa de apoyo al sector de refrigeración (servicios); (4) Programa de sensibilización; y (5) Programa de Monitoreo.

Las líneas estratégicas Nº 1 y Nº 4 son implementadas por PNUMA, la Nº 3 y parte de la Nº 5 son implementadas por ONUDI, y la Nº 2 y la parte restante de la Nº 5 son implementadas por PNUD.

El proyecto HPMP-II entrega financiamiento para cumplir con el Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Comité Ejecutivo, para reducir el consumo de HCFC en un 45% de la línea base en 2020 y en un 65% en 2021. Asimismo, el Gobierno de Chile expedirá para el 1 de enero de 2020 una prohibición de la importación y el uso del HCFC-141b en la fabricación de espuma de poliuretano y de las importaciones y exportaciones del HCFC-141b contenido en polioles premezclados.

A la fecha, la Unidad Ozono ha ido cumpliendo sus compromisos, especialmente respecto a la normativa que permita cumplir las mencionadas metas de 2020 y 2021. Para tal efecto, la Unidad Ozono junto con la División Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente, elaboraron la modificación del DS 75/2012, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fue aprobada el 4 de enero de 2019 por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2019 como decreto supremo Nº 3, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Por su parte, los proyectos de conversión en el sector de espumas, para eliminar el uso de HCFC-141b en la fabricación de espumas de poliuretano para aplicación en paneles y spray, se encuentran en implementación. Específicamente, de los proyectos grupales, la empresa Austral Chemicals finalizó el proceso de conversión interno y de sus beneficiarios; y la empresa Pochteca (ex-Ixom) se encuentra en proceso de pruebas de las alternativas con los beneficiarios. En el caso de los proyectos individuales, todas las empresas finalizaron sus procesos de conversión y entregaron sus informes finales, donde la empresa Inema finalizó su proceso de conversión hacia hidrocarburos y las empresas Refricentro, Polchile, Termoindustrial Paneles (ex-Dánica), Ingepur, Sociedad de Aislaciones Térmicas y Fidel Valenzuela, se convirtieron hacia hidrofluoro-olefinas (HFO). En el caso de la empresa Superfrigo, en 2020 envió una carta formal al Ministerio del Medio Ambiente, manifestando su rechazo a participar en el proyecto.

Respecto a las actividades habilitadoras complementarias de la Enmienda de Kigali, financiadas por el Gobierno de Canadá, se elaboraron inventarios sectoriales sobre el uso de HFC en los sectores y subsectores de: supermercados, aire acondicionado móvil, transporte refrigerado, pesqueras, navieras, y frutícola. Los resultados se presentaron en un seminario Web con las contrapartes del sector R&AA y se elaboraron infografías de cada sector.

A la fecha del 30 de septiembre de 2021, el proyecto ha desembolsado un total de US$ 1.723.869,94, quedando un saldo de US$ 521.177,06.

II. JUSTIFICACIÓN

1. La presente revisión sustantiva se formula con el objetivo de extender el plazo de ejecución del proyecto hasta el 31 de diciembre de 2022.

2. Chile ratificó la Enmienda Kigali el 19 de septiembre de 2017, que se formalizó a través del decreto supremo Nº 32, de febrero de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores. La 80ma

reunión del Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral aprobó en noviembre de 2017 el financiamiento para actividades habilitadoras para la implementación de la Enmienda de Kigali en Chile.

3. Las actividades habilitadoras aprobadas para Chile consideran tres componentes, a saber:

a. Facilitar la ratificación de la Enmienda Kigali, preparando a los interesados para su implementación;

b. Creación de capacidades y capacitación sobre alternativas, para la Unidad Ozono del Ministerio del Medio Ambiente; de las contrapartes gubernamentales; del sector proveedor de operaciones de servicio y mantención en refrigeración y aire acondicionado; y usuarios finales, que les permitan abordar las nuevas responsabilidades y lineamientos de la Enmienda;

c. Licenciamiento y reportes del artículo 4B, para desarrollar el paquete regulatorio requerido para establecer el sistema de licencias de importación y exportación para HFC y sus alternativas.

4. En el contexto de la ratificación temprana de la Enmienda de Kigali, las actividades habilitadoras señaladas en el párrafo anterior cuentan con autorización para incurrir en gastos a través del proyecto "Apoyo a la implementación de la Enmienda de Kigali, para la reducción de los HFC", como actividad complementaria con el Gobierno de Canadá, que se encuentra en desarrollo, mediante el desarrollo de inventarios sobre usos de HFC.

5. El país también ha desarrollado inventarios de alternativas a las sustancias agotadoras de ozono (SAO), financiados por la Coalición por el Clima y el Aire Limpio (CCAC por su sigla en inglés de Climate and Clean Air Coalition) y el Fondo Multilateral para la Implementación del Protocolo de Montreal (FML), y un segundo inventario nacional de HFC (2017) financiado por el Ministerio del Medio Ambiente, considerando las pautas de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático, que se actualizó en 2019 mediante una versión individualizada del inventario, financiada por el mismo ministerio.

6. Actualmente la Unidad Ozono del Ministerio del Medio Ambiente finalizó las Actividades Habilitadoras planificadas sobre los usos de HFC (hidrofluorocarbonos) y sus alternativas, en ciertos sectores usuarios.

7. Por su parte, la Fase II del Plan de Gestión para la Eliminación de los HCFC (hidroclorofluorocarbonos) en Chile (HPMP-II), cuyo objetivo es lograr la reducción del consumo de los HCFC, cumpliendo las metas del Protocolo de Montreal de los años 2020 y 2021, se encuentra implementando acciones relacionadas con la eliminación del uso del HCFC-141b en el sector de espumas y desarrollando un programa de monitoreo.

8. El desarrollo del proyecto de apoyo al sector espuma se ha visto afectado por la pandemia de COVID-19, retrasando la ejecución de los proyectos de conversión, debido a las problemáticas enfrentadas por los proveedores extranjeros de materias primas para fabricar los polioles completamente formulados con hidrofluorolefinas (HFO), que se entregan para las aplicaciones en spray y en paneles. Esto a su vez influyó en la entrega de asistencia técnica por parte del experto internacional del proyecto, las misiones de asistencia técnica y verificación, y las reuniones con las empresas, donde el factor presencial es relevante, debido a que se trata de procesos productivos donde se debe evaluar la calidad del producto aplicado en spray o en paneles.

9. De las ocho empresas de espumas con proyectos individuales, siete lograron finalizar sus conversiones en 2020 y una, Superfrigo, rechazó formalmente participar en el proyecto. Esta situación se informó a la Secretaría del Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal, en el reporte de progreso de mayo de 2021 y ésta, en carta del 12 de agosto de 2021, solicitó la devolución de los fondos de dicho proyecto (US$ 103.210), a más tardar en la reunión 89na del Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral, a realizarse en el primer semestre de 2022.

10. En el caso de las dos empresas con proyectos grupales, Austral Chemicals finalizó la conversión de sus empresas asociadas en 2019 y el último pago de su proyecto se gestionó en 2020. Por su parte, el proyecto grupal de la empresa Pochteca (ex-Ixom) se formalizó mediante la resolución exenta Nº 957, del 15 de septiembre de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente, e inició sus actividades en 2020 durante el período de cuarentena por el COVID-19. A la fecha, la empresa ha entregado dos de sus cuatro informes. El tercer informe, referente a la conversión de las empresas asociadas y al pago de los costos incrementales operacionales a éstas, se ha visto retrasado debido a la falta de disponibilidad de materias primas para la formulación local de polioles completamente formulados. La empresa Pochteca, informó en reunión con las contrapartes de la Unidad Ozono del Ministerio del Medio Ambiente y de PNUD, el 4 de octubre de 2021, que cuenta con HFO, pero ha sufrido retrasos de su proveedor usual de catalizadores (Huntsman), por lo que debieron cambiar de proveedor para poder cumplir con los compromisos del proyecto. Informaron que los catalizadores llegarían eventualmente a Chile en octubre de 2021 y los polioles completamente formulados podrían ser entregados a las empresas beneficiarias en noviembre 2021; luego de lo cual se realizarían las pruebas en el mismo mes. Esto podría estar afectado por le fecha de llegada del barco con los catalizadores y por la colocación del producto (poliol completamente formulado) en las máquinas de los clientes.

11. Por lo tanto, la presente Revisión Sustantiva propone continuar con la implementación de las actividades en curso señaladas en los párrafos 4 y 7 y detalladas en los párrafos 9 y 10, dentro del Plan de Gestión para la Eliminación de HCFC en Chile-Fase II, que permitan mejorar las capacidades y conocimientos del país para implementar la Enmienda de Kigali.

A. Marco de Resultados: productos y actividades a desarrollar durante la extensión

12. Para desarrollar las actividades durante el período de extensión del proyecto, se proponen los siguientes productos:

a) Proyecto grupal de la empresa Ixom (actual Pochteca)

i. Finalizar el proceso de conversión de la casa de sistemas Pochteca (ex-Ixom), con sus siete empresas beneficiarias (Multipanel, Aislantes y Premoldeados, Muñoz Puga, CM Verschueren Hauters, Génesis S.A.-Frigocar, Soldaduras Edith Paz S.A., Servicios Polares Ltda.).

ii. Actividades de cierre del proyecto, como video de difusión de los procesos de conversión, ceremonia de cierre, y verificación de las conversiones.

b) Monitoreo

i. Actividades de apoyo a la implementación del proyecto en el país, verificación del consumo de HCFC, elaboración de reportes de avance y elaboración del informe de término del proyecto.

13. La Unidad Ozono del Ministerio del Medio Ambiente realizará todas las acciones necesarias para apoyar la correcta ejecución de estas actividades complementarias y el cumplimiento de sus objetivos y finalidades según lo establecido en el plan de trabajo. Estas acciones incluyen la autorización de pagos y gastos, revisión o aprobación de términos de referencia, revisión de informes técnicos, entre otros.

B. Presupuesto

14. El proyecto contempla un presupuesto total de US$ 2.245.047. Dicho presupuesto incluye la realización de 2 productos distribuidos de la siguiente manera1:

_______________________________________

1 De acuerdo a lo establecido en punto V. Marco de Resultados y recursos del documento de proyecto original.

C. MARCO DE RESULTADOS

D. PLAN DE TRABAJO

 

 

 






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