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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2022-11-17 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2216880)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA A DON ROBERTO RAMÓN UBILLA QUEVEDO, EMBAJADOR 1ª CATEGORÍA EXTERIOR, A PRESTAR SERVICIOS EN CHILE, EN CALIDAD DE ADSCRIPTO

Núm. 144.- Santiago, 3 de mayo de 2022.

Vistos:

El decreto N° 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL N° 33 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 del Estatuto Administrativo; la ley N° 21.395 sobre Presupuestos del Sector Público para el año 2022; los decretos N°s 2.154 de 1997, 203 de 2018 y 105 de 2020, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 6 de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando

1. Que, mediante decreto N° 203, de 2018, de esta Secretaría de Estado, el Sr. Roberto Ramón Ubilla Quevedo (RUN N° 7.548.644-8) fue nombrado Embajador, 1ª Categoría Exterior, y destinado a prestar servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Finlandia, a contar del 1 de agosto de 2018.

2. Que, a través del decreto N°105 de 2020, se trasladó al Sr. Ubilla Quevedo, para que cumpla funciones como Cónsul General de Chile en La Paz, Bolivia, a contar del 1 de septiembre de 2020, fecha en la cual dejó de prestar servicios en la Embajada de Chile en Finlandia.

Decreto

1. Destínase a prestar servicios en Chile en calidad de Adscripto, al señor Roberto Ramón Ubilla Quevedo (RUN N° 7.548.644-8), Embajador, lª Categoría Exterior, a contar del 16 de mayo de 2022.

2. El señor Ubilla Quevedo cesará en sus funciones como Cónsul General de Chile en La Paz, Bolivia, a contar del 16 de mayo de 2022.

3. La persona antes individualizada pasará de la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera, a la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional.

4. Establézcase que el citado funcionario tendrá derecho a pasajes, para él y su familia, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997 de esta Secretaría de Estado.

5. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efecto desde la fecha anteriormente señalada, sin esperar su total tramitación.

6. Impútese el gasto que corresponda al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional; y al Subtítulo 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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