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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2023-01-11 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2250044)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA A DON HERNÁN EDGARDO SALINAS BURGOS, EMBAJADOR 1ª CATEGORÍA EXTERIOR, A PRESTAR SERVICIOS EN CHILE EN CALIDAD DE ADSCRIPTO

Núm. 124.- Santiago, 7 de abril de 2022.

Vistos:

La Constitución Política de la República; el DFL Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834 del Estatuto Administrativo; la Ley Nº 21.395 sobre Presupuestos del Sector Público para el año 2022; los decretos Nºs. 2.154 de 1997, 201 de 2018 y 61 de 2021, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, por decreto Nº 201, de 2018, de esta Secretaría de Estado, el Sr. Hernán Edgardo Salinas Burgos (RUN Nº 6.372.460-2), Embajador, 1ª Categoría Exterior, fue destinado a prestar servicios como Embajador de Chile en la Misión Permanente de Chile ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), con sede en Estados Unidos América, a contar del 16 de julio de 2018.

2. Que, mediante decreto Nº 61, de 2021, el Sr. Salinas Burgos, fue trasladado a prestar funciones en la Embajada de Chile ante el Gobierno de Países Bajos a contar del 18 de junio de 2021.

Decreto:

1. Destínase a prestar servicios en Chile en calidad de Adscripto, al señor Hernán Edgardo Salinas Burgos (RUN Nº 6.372.460-2), Embajador 1ª Categoría Exterior, a contar del 29 de abril de 2022.

2. El señor Salinas Burgos, cesará en sus funciones como Embajador de Chile ante el Gobierno de Países Bajos, a contar del 29 de abril de 2022.

3. La persona antes individualizada, pasará de la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera, a la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional.

4. Establézcase que el citado funcionario tendrá derecho a pasajes, para él y su familia, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, de esta Secretaría de Estado.

5. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efecto desde la fecha anteriormente señalada, sin esperar su total tramitación.

6. Impútese el gasto que corresponda al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional; y al Subtítulo 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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