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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2023-02-24 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2275986)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

TRASLADA A DOÑA BELÉN CONSTANZA SAPAG MUÑOZ DE LA PEÑA, EMBAJADORA, 1ª CATEGORÍA EXTERIOR, PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADORA DE CHILE EN FINLANDIA

Núm. 218.- Santiago, 12 de julio de 2022.

Vistos:

El decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; el decreto N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; la Ley N° 21.395, de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2022; el decreto N° 2.154, de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que reglamenta la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales de funcionarios de dicha Cartera de Estado; los decretos Nos. 60 y 66, de 2021, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; los Movimientos de Personal de fecha 14 de junio de 2022, de la División de Gestión de Personas, recaídos sobre la Embajadora Sra. Sapag y el Embajador Sr. Olsen; las resoluciones Nos. 30, de 2015, y 6, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, mediante el decreto N° 60, de 1 de junio de 2021, modificado por el decreto N° 66, de 16 de junio de 2021, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, se destinó a la Embajadora Sra. Belén Constanza Sapag Muñoz de la Peña (RUN N° 7.313.443-9), para prestar servicios como Embajadora de Chile en la República de Austria y representante permanente ante Naciones Unidas y otros Organismos Internacionales con Sede en Viena, Austria, a contar del 22 de junio de 2021.

2. Que, el Jefe de la División Gestión de Personas, a través del documento denominado Movimiento de Personal, de fecha 14 de junio de 2022, solicitó, por razones imprescindibles de buen servicio, y considerando la decisión de S.E. el Presidente de la República y el beneplácito otorgado por la Embajada de Finlandia en Chile, el traslado de la Embajadora Sra. Sapag, para que preste funciones en la Embajada de Chile en Finlandia, a contar del 16 de julio de 2022.

3. Que, a través del Movimiento de Personal de fecha 14 de junio de 2022, el Jefe de la División Gestión de Personas solicitó, por razones imprescindibles de buen servicio, y considerando la decisión de S.E. el Presidente de la República y el beneplácito otorgado por el Ministerio Federal de Asuntos Europeos e Internacionales en Austria, el traslado del Embajador de Chile en Finlandia, Sr. Olsen, para que preste funciones como Embajador de Chile en la República de Austria y como representante permanente ante Naciones Unidas y otros Organismos Internacionales con sede en Viena, Austria, a contar del 16 de julio de 2022.

Decreto:

1. Trasládese a la señora Belén Constanza Sapag Muñoz de la Peña (RUN N° 7.313.443-9), Embajadora, de 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de

Relaciones Exteriores, para que preste servicios como Embajadora de Chile en Finlandia a contar del 16 de julio de 2022, fecha en la cual deja de prestar servicios en la Embajada de Chile en la República de Austria y como representante permanente ante Naciones Unidas y otros Organismos Internacionales con Sede en Viena, Austria.

2. La Embajadora Sra. Sapag deberá continuar rindiendo la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, citado en los vistos; contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular en el SIGFIM y en los sistemas informáticos que usa este Ministerio, según sea el caso, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, y permanecerá en la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera.

3. Establézcase que la Embajadora Sra. Sapag tendrá derecho a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y de establecimiento, todo de conformidad con lo establecido en el DFL 33 citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, de esta Secretaría de Estado.

4. Por razones impostergables de buen servicio el presente decreto surtirá efectos sin esperar su total tramitación.

5. Impútese los gastos que este decreto genere a los subtítulos 21-04-001 y 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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