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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2023-02-24 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2275985)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA A DON LUIS FELIPE ARTAL CAJIAO, EMBAJADOR, 1ª CATEGORÍA EXTERIOR, PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADOR DE CHILE EN GUATEMALA

Núm. 212.- Santiago, 12 de julio de 2022.

Vistos:

El decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; la ley N° 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; el decreto N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; la ley N° 21.395, de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2022; los decretos N°s. 2.154 de 1997, 35 y 203 de 2022, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución exenta ministerial N° 122, de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones N°s. 30 de 2015 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que mediante el decreto N° 203, de 30 de junio de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se destinó a prestar servicios en Chile, en calidad de Adscripto, al Sr. Javier Andrés Becker Marshall, Embajador de 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior de esta Cartera de Estado, a contar del 31 de julio de 2022, fecha en la cual dejará de prestar funciones como Embajador de Chile ante el Gobierno de Guatemala.

2. Que mediante el decreto N° 35, de 4 de febrero de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se aceptó la renuncia voluntaria presentada por el Sr. Juan Arturo Salazar Sparks al cargo de Embajador de 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado, a contar del 10 de marzo de 2022.

3. Que por resolución ministerial exenta N° 122, de 4 de julio de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se aceptó, a contar del 1 de agosto de 2022, la renuncia voluntaria presentada por el Sr. Luis Felipe Artal Cajiao al cargo de Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª Clase, 2ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Decreto:

1. Nómbrase al señor Luis Felipe Artal Cajiao (RUN N° 8.742.616-5), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 1 de agosto de 2022.

2. Destínase al señor Luis Felipe Artal Cajiao (RUN N° 8.742.616-5), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores,

para que preste servicios como Embajador de Chile en Guatemala a contar del 1 de agosto de 2022.

3. El Embajador Sr. Artal deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto N° 2.421 citado en los vistos y contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular en el SIGFIM y en los sistemas informáticos que usa este Ministerio, según sea el caso, de acuerdo a lo establecido en la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.

4. Establézcase que el Embajador Sr. Artal tendrá derecho a pasajes, para él y su grupo familiar, así como a recibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, la asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto N° 2.154, de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

5. La persona antes individualizada pasará de la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional a la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera.

6. Por razones impostergables de buen servicio el presente decreto surtirá efectos a contar del 1 de agosto de 2022, sin esperar su total tramitación.

7. Impútense los gastos que este decreto genere a los Subtítulos 21.01.001, 21.04.001 y 22.08.007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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