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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2023-02-24 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2275980)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

NOMBRA A DOÑA BÁRBARA CATHERINE FIGUEROA SANDOVAL, EMBAJADORA, 1ª CATEGORÍA EXTERIOR, DE LA PLANTA DE SERVICIO EXTERIOR, Y LA DESTINA PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADORA DE CHILE ANTE EL GOBIERNO DE ARGENTINA

Núm. 125.- Santiago, 7 de abril de 2022.

Vistos:

El DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; el DFL Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto Nº 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda; la ley Nº 21.395; los decretos Nºs. 2.154 de 1997, 80 de 2021 y 42 de 2022, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones Nºs. 30 de 2015 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, mediante decreto Nº 80, de 2021, se aceptó la renuncia del señor Francisco Javier Bernales Errázuriz (RUN 6.937.023-3), al cargo de Embajador, 1ª Categoría Exterior, a contar del 30 de agosto de 2021.

2. Que, mediante decreto Nº 42, de 2022, se destinó a prestar servicios en Chile en calidad de adscripto al señor Nicolás Monckeberg Díaz (RUN 12.403.798-0) el 10 de marzo de 2022, fecha a contar de la cual deja de prestar funciones como Embajador de Chile ante el Gobierno de Argentina.

Decreto:

1. Nómbrase a la señora Bárbara Catherine Figueroa Sandoval (RUN Nº 13.664.938-8), Embajadora, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.

2. Destínase a la señora Bárbara Catherine Figueroa Sandoval (RUN Nº 13.664.938-8), Embajadora, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores para que preste servicios como Embajadora de Chile ante el Gobierno de Argentina.

3. La persona señalada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto Nº 2.421 citado en los vistos, contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.

4. Establézcase que la Embajadora tendrá derecho para ella y su grupo familiar a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33 antes citado, ajustándose además al reglamento establecido en el decreto Nº 2.154, de 1997, de esta Secretaría de Estado.

5. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efectos a contar del 1 de abril de 2022, sin esperar su total tramitación.

6. Impútense los gastos que este decreto genere a los subtítulos 21.01.001, 21.04.001 y 22.08.007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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