(CVE 2347382)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
Núm. 8.- Santiago, 10 de enero de 2023.
Vistos:
El decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; la Ley Nº 21.516, de Presupuesto de ingresos y gastos del Sector Público para el año 2023; el DFL Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto Personal de dicha Cartera de Estado; el decreto Nº 146, del Ministerio de Relaciones, que aprueba Reglamento del artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto Nº 2.154, de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que reglamenta la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales de funcionarios de dicha Cartera de Estado; y la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º del DFL Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, según sustitución practicada por el artículo 53, Nº 2, de la ley Nº 21.080, ambos cuerpos normativos citados en los vistos, el Presidente de la República puede asignar agregados a contrata para que se desempeñen en las Misiones de Chile en el exterior, según lo requieran las necesidades del Servicio. El citado artículo dispone además que el Presidente de la República puede exceptuar, en casos calificados, los requisitos de ingreso a que se refiere el artículo 12 del DFL Nº 33, previamente referido.
2. Que el Estatuto Administrativo, en su artículo 10º, establece que los empleos a contrata durarán, como máximo, sólo hasta el 31 de diciembre de cada año y los empleados que los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga de la misma.
3. Que, se estima necesario que el Sr. Alexandro Rodolfo Álvarez Alarcón, abogado, concurra a prestar servicios en la Misión Permanente de Chile ante la Organización de los Estados Americanos, ubicada en Washington D.C., Estados Unidos.
4. Que, el señor Álvarez Alarcón cuenta con la experiencia y el idioma requeridos en el decreto Nº 146, citado en los vistos.
Decreto:
1. Contrátese al Sr. Alexandro Rodolfo Álvarez Alarcón (RUN Nº 12.490.089-1), a contar del 16 de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2023, y mientras sean necesarios sus servicios, siempre que no excedan del 31 de diciembre de 2023, como agregado a contrata, asimilado a 4ta Categoría Exterior, a fin de que preste funciones como agregado a contrata en la Misión
Permanente de Chile ante la Organización de los Estados Americanos, con sede en Washington D.C., Estados Unidos.
2. El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá poner término anticipado al presente contrato, si los servicios de la persona indicada dejan de ser necesarios.
3. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada ejercerá sus funciones, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
4. Exceptúese al Sr. Álvarez Alarcón del cumplimiento del requisito de ingreso establecido en la letra d) del artículo 12 del DFL Nº 33, citado en los vistos, en razón de su Currículum Vitae.
5. Establézcase que el Sr. Álvarez Alarcón tendrá derecho a pasajes, y a percibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales y la asignación de establecimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33 citado en los vistos. Las condiciones de la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto Nº 2.154, de 1997, de esta Secretaría de Estado.
6. Impútese los gastos que irrogue el presente decreto al Subtítulo 21-02-001, 21-04-001 y 22-08-007, del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida en dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.
Regístrese, tómese razón y comuníquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us., para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.