(CVE 2347366)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
Núm. 260.- Santiago, 5 de octubre de 2022.
Vistos:
El decreto N° 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL N° 7.912 de 1927, del Ministerio del Interior, que organiza las Secretarías de Estado; el DFL 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los óRganos de la Administración del Estado; la ley N° 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos N° 247, de 8 de septiembre de 2022, que comisionó al Sr. José Miguel Ahumada Franco, Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales, y la resolución N° 6 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, el artículo 25 del DFL N° 1/19.653, de 2000, citado en los vistos, determina que el Ministro será subrogado por el respectivo Subsecretario y, en caso de existir más de uno, por el de más antigua designación; salvo que el Presidente de la República nombre a otro Secretario de Estado o que la ley establezca para Ministerios determinados otra forma de subrogación.
2. Que, a su turno, el artículo 5 de la ley N°21.080, citada en los vistos, determina que el Ministro de Relaciones Exteriores será subrogado por el Subsecretario de Relaciones Exteriores y, en ausencia o impedimento de éste, por el Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales.
3. Que, la Ministra de Relaciones Exteriores, Sra. Antonia Urrejola Noguera, y la Subsecretaria de Relaciones Exteriores durante los días 24 a 29 de septiembre de la presente anualidad, fueron destinadas en comisión de servicios, en los términos del artículo 75 y siguientes del DFL N° 29, citado en los vistos.
4. Que, por su parte, el Sr. José Miguel Ahumada Franco, Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales, fue comisionado por medio del decreto 247, de 8 de septiembre de 2022, a Brasil, Qatar, Japón e India, entre los días 24 de septiembre y 8 de octubre del año en curso.
5. Que, en razón de aquello, por medio de decreto N° 250, de 2022, de fecha 15 de septiembre de la presente anualidad, se emitió un acto administrativo que designó a la Sra. Antonia Orellana Guarello, Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, para que subrogue a la Ministra de Relaciones Exteriores, Antonia Urrejola Noguera, el que se encuentra en trámite.
6. Que, con posterioridad, la comisión de servicios del Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales fue modificada, razón por la cual el señalado permaneció en Chile,
determinándose que subrogaría a la Ministra de Relaciones Exteriores, tal como consta en la circular N° 242, de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General Administrativa, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores.
7. Que, teniendo en cuenta lo anterior, y considerando que el decreto N° 250, de 2022, aún no ha sido firmado por el Presidente de la República, no se continuó con su tramitación.
8. Que, en tal contexto, los días 24 a 26 de septiembre el Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales se desempeñó en calidad de Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante, viéndose a contar del 27 de septiembre afectado por un impedimento de fuerza mayor, debiendo ausentarse de sus labores, motivo por el cual la Ministra de Relaciones Exteriores debió ser subrogada por la Sra. Antonia Orellana Guarello, Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, tal como consta en la circular N° 243, de 26 de septiembre de 2022, de este origen.
9. Que, en razón de lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 3° del DFL 1/19.653 de 2000, citado en los vistos, corresponde sancionar por acto administrativo la subrogancia efectuada por la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana Guarello.
10. Que, la modificación que por este acto se reconoce se enmarca dentro de la excepción a la irretroactividad de los actos administrativos, contemplada en el artículo 52 de la ley N° 19.880, citada en los vistos, en tanto no lesiona derechos de terceras personas.
Decreto:
Téngase por designada a la Sra. Antonia Orellana Guarello, Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, para que subrogue a la Ministra de Relaciones Exteriores, Antonia Urrejola Noguera, los días 27 a 28 de septiembre de 2022.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.- Antonia Orellana Guarello, Ministra de la Mujer y la Equidad de Género.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Adminitrativa.