(CVE 2532390)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
DESTINA A DON CRISTIÁN EDGARDO STREETER NEBEL, EMBAJADOR 1ª CATEGORÍA EXTERIOR, A PRESTAR SERVICIOS EN CHILE EN CALIDAD DE ADSCRIPTO
Núm. 44.- Santiago, 15 de febrero de 2024.
Vistos:
El decreto Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; el DFL Nº 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; la Ley Nº 21.640 de presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024; el decreto Nº 2.154 de 1997, que reglamenta asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales de funcionarios, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto Nº 151, de 26 de septiembre de 2023, de esta Secretaría de Estado; y la resolución Nº 6 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, por decreto Nº 82 de 2021, citado en los vistos, se destinó al Sr. Cristián Edgardo Streeter Nebel (RUN Nº 7.561.861-1), Embajador, 1ª Categoría Exterior de la planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que prestara funciones ante la Embajada de Chile ante la República de Croacia, a contar del 16 de agosto de 2021.
2. Que, mediante el Mensaje Oficial Nº 162, de 22 de enero de 2024, se informó la fecha de adscripción del Sr. Streeter para el día 16 de marzo de 2024.
Decreto:
1. Destínase a prestar servicios en Chile en calidad de Adscripto, al Sr. Cristián Edgardo Streeter Nebel (RUN Nº 7.561.861-1), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 16 de marzo de 2024, fecha a partir de la cual dejará de desempeñar funciones como Embajador de Chile ante la República de Croacia.
2. La persona antes individualizada pasará de la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera a la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional.
3. Establézcase que el citado funcionario tendrá derecho a pasajes, así como a percibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales y la asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33, citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, el que fue modificado por el decreto Nº 151 de 2023, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
4. Por razones impostergables de buen servicio el presente decreto surtirá sus efectos desde la fecha antes indicada, sin esperar su total tramitación.
5. Impútese el gasto que irrogue el presente acto administrativo, al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional; y al Subtítulo 22-08-007, del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile.- Gloria de la Fuente González, Ministra de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Iván Favereau Urquiza, Director General Administrativo (S).