(CVE 2596981)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
Núm. 161.- Santiago, 17 de septiembre de 2024.
Vistos:
El decreto Nº l00, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; la ley N° 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; la Ley Nº 21.640 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024; la ley N° 19.880, establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado y los decretos N°s. 47 y 151, ambos de 2023, y N° 27 de 2024, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Correo Electrónico de fecha 10 de septiembre de 2024, del Ministerio de Hacienda; y la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, y su oficio Nº 9718, de 2019, que imparte instrucciones respecto de las modalidades de tramitación de los actos administrativos relativos a materia de personal que indica.
Considerando:
1. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º del DFL Nº 33, de 1979, de Ministerio de Relaciones Exteriores, según sustitución practicada por el artículo 53, N° 2, de la Ley N° 21.080, ambos cuerpos normativos citados en los vistos, el Presidente de la República puede asignar agregados a contrata para que se desempeñen en las Misiones de Chile en el exterior, según lo requieran las necesidades del Servicio. El citado artículo dispone además que el Presidente de la República puede exceptuar, en casos calificados, los requisitos de ingreso a que se refiere el artículo 12 del DFL N° 33, previamente referido.
2. Que el Estatuto Administrativo, en su artículo 10º, establece que los empleos a contrata durarán, como máximo, sólo hasta el 31 de diciembre de cada año y los empleados que los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga de la misma.
3. Que, por decreto supremo N° 47, de fecha 17 de febrero de 2023, citado en los vistos, se contrató a la Sra. Rocío Belén Valdés Sepúlveda como Agregada, asimilada a 4ª Categoría Exterior, en la Misión de Chile ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) con sede en París, Francia, a contar del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2023.
4. Que dicha contratación fue prorrogada mediante el decreto supremo Nº 27 de 2024, del Ministerio de Relaciones Exteriores, para el año 2024.
5. Que, conforme a lo anterior, resulta necesario modificar la fecha de prórroga de la contrata de la Sra. Valdés Sepúlveda, en su calidad de agregada civil en la Misión señalada, al 30 de septiembre de 2024.
Decreto:
l. Modifíquese la prórroga de la contrata de la Sra. Rocío Belén Valdés Sepúlveda (RUN Nº 16.742.924-6) dispuesta por medio del decreto Nº 27, de 30 de enero de 2024, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido que la fecha de término de la prórroga es el 30 de septiembre de 2024.
2. En todo lo demás rige plenamente el decreto supremo N° 27, de 2024, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efectos sin esperar su total tramitación.
4. Establézcase, que la Sra. Valdés Sepúlveda tendrá derecho a pasajes de retorno a Chile para ella y su cónyuge, el Sr. Alfredo Nicolás Grassau Bustos, a percibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y la asignación de instalación, todo ello de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, el que fue modificado por el decreto N° 151, de 2023, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
5. Impútese el gasto que irrogue el presente acto administrativo, al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional; y al Subtitulo 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, ambos del Ministerio de Relaciones exteriores, del año presupuestario vigente.
Anótese, tómese de razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile.- Gloria de la Fuente González, Ministra de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.