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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2025-10-06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2703942)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA A DON GUILLERMO BITTELMAN ADRIASOLA COMO EMBAJADOR DE CHILE ANTE EL REINO DE ARABIA SAUDÍ

Núm. 111.- Santiago, 2 de julio de 2025.

Vistos:

El decreto Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; el DFL Nº 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; el decreto Nº 2.421 de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la Ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 21.722, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025; los decretos supremos Nº 2.154 de 1997, que reglamenta asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por el Nº 151 de 26 de septiembre de 2023, Nº 80, de 22 de abril de 2024 modificado por el Nº 95 de 16 de mayo de 2025, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Movimiento de Personal, de 24 de junio de 2025, del Jefe de la División de Gestión de Personas (S); la resolución Nº 36 de 2024, y la resolución Nº 30 de 2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas.

Considerando:

1. Que, mediante el decreto supremo Nº 80 de 2024, modificado por el Decreto Supremo Nº 95, de 2024, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, se destinó a prestar servicios en Chile, en calidad de Adscripto, al Sr. Guillermo Bittelman Adriasola (RUN Nº 8.668.160-9), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 1 de agosto de 2024, fecha en la cual dejó de desempeñar funciones como Embajador de Chile en Paraguay.

2. Que, en virtud de la prerrogativa dispuesta en el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República, el Sr. Guillermo Bittelman Adriasola, fue designado Embajador de Chile ante el Reino de Arabia Saudí por S.E. el Presidente de la República, Sr. Gabriel Boric Font, a contar del 1 de agosto de 2025.

Decreto:

1. Destínase al señor Guillermo Bittelman Adriasola (RUN Nº 8.668.160-9), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Reino de Arabia Saudí, a contar del 1 de agosto de 2025.

2. El Embajador Sr. Bittelman, deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto Nº 2.421 de 1964, del Ministerio de Hacienda, en relación con el artículo 29 del DFL Nº 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, ambos citados en los vistos, y contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular en el SIGFIM y en los sistemas informáticos que usa este Ministerio, según sea el caso, de acuerdo a lo establecido en la resolución Nº 30 de 2015, de la Contraloría General de la República.

3. Establézcase que el Embajador Sr. Bittelman tendrá derecho a pasajes para él y su conviviente civil, la Sra. Susana López Bernaldez (RUN Nº 28.188.316-K), así como a recibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, la asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33 citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, el que fue modificado por el decreto Nº 151 de 2023, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

4. El Embajador Sr. Bittelman, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 52º del DFL Nº 33 de 1979, deberá pagar una renta correspondiente al 10% de su sueldo base en moneda extranjera, suma que se le descontará mensualmente.

5. La persona antes individualizada pasará de la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional, a la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera.

6. Por razones impostergables de buen servicio el presente decreto surtirá efectos sin esperar su total tramitación.

7. Impútese los gastos que este decreto genere a los subtítulos 21.01.001, 21.04.001 y 22.08.007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Gloria de la Fuente González, Ministra de Relaciones Exteriores (S).

Lo que transcribo a Us., para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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