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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2025-11-24 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2728110)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA A PRESTAR SERVICIOS EN CHILE EN CALIDAD DE ADSCRIPTO A PERSONA QUE INDICA

Núm. 131.- Santiago, 28 de agosto de 2025.

Vistos:

El decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; la Ley N° 21.722, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025; el decreto supremo N° 2.154, de 1997, que reglamenta asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales de funcionarios, modificado por el decreto supremo N° 151, de 2023; el decreto supremo N° 36, de 2023 y la resolución ministerial exenta N° 70, de 2021, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución exenta N° 2.555, de 2017, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores; la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

1. Que, mediante la resolución exenta N° 2.555, de 2017, de esta Subsecretaría, citada en los vistos, se destinó al Sr. Álvaro Domingo Jara Bucarey (RUN N° 9.831.329-K), en ese entonces Consejero o Cónsul General de 2ª Clase, 3³ Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de que prestara servicios a la Embajada de Chile ante el Reino de Bélgica - Unión Europea, a contar del 1 de septiembre de 2017.

2. Que, a través de la resolución ministerial exenta N° 70, de 2021, de este Servicio, citada en los vistos, se ascendió al Sr. Álvaro Domingo Jara Bucarey (RUN N° 9.831.329-K), al grado de Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª Clase, 2ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 10 de mayo de 2021.

3. Que, por medio del decreto supremo N° 36, de 2023, de este Ministerio, citado en los vistos, se nombró al Sr. Álvaro Domingo Jara Bucarey (RUN N° 9.831.329-K), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, y se le trasladó a prestar servicios a la Embajada de Chile ante la República de Filipinas, a contar del 1 de febrero de 2023, fecha en la cual dejó de prestar servicios en la Embajada de Chile ante el Reino de Bélgica - Unión Europea.

4. Que, mediante el Movimiento de Personal de fecha 29 de julio de 2025, del Jefe de la División de Gestión de Personas, se informó que la fecha de adscripción del Embajador Sr. Jara, será el día 1 de septiembre de 2025.

Decreto:

1. Destínase a prestar servicios en Chile en calidad de Adscripto, al Sr. Álvaro Domingo Jara Bucarey (RUN N° 9.831.329-K), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 1 de septiembre de 2025, fecha a partir de la cual dejará de desempeñar funciones en la Embajada de Chile ante la República de Filipinas.

2. La persona antes individualizada pasará de la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera a la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional.

3. Establézcase que el citado funcionario tendrá derecho a pasajes, así como a percibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales y la asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33, citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, el que fue modificado por el decreto N° 151, de 2023, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

4. Déjese establecido que, a contar de la fecha de adscripción, el funcionario en comento dejará de percibir las asignaciones asociadas a su permanencia en el exterior.

5. Por razones impostergables de buen servicio el presente decreto sentirá sus efectos sin esperar su total tramitación.

6. Impútese el gasto que irrogue el presente acto administrativo, al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional y al Subtítulo 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Albert van Klaveren Stork, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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