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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2014


CONCEDE PRERROGATIVAS Y FACILIDADES A GMTO CORPORATION
Núm. 74.- Santiago, 26 de marzo de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la ley N° 15.172, artículo único, inciso tercero, cuyo texto vigente se encuentra fijado por ley N° 17.318, artículo 48, y el decreto con fuerza de ley N° 161, de 1978, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Considerando:
Que GMTO Corporation con residencia en el Estado de Delaware, Estados Unidos de América con fechas 15 y 25 de enero de 2013, celebró con la Universidad de Chile un Convenio de Colaboración Científica en Investigaciones Astronómicas, destinado a colaborar con el desarrollo científico y técnico de la astronomía y astrofísica a través de la instalación y operación del "Telescopio GMT", en Chile.
Que GMTO Corporation, en virtud de dicho Convenio ha solicitado acogerse a los beneficios de la ley N° 15.172.
Decreto:
Artículo único: La GMTO Corporation, con residencia en el Estado de Delaware, Estados Unidos de América, y los científicos, astrónomos, ingenieros, técnicos y empleados que ingresen al país en funciones relacionadas con el proyecto denominado "Telescopio GMT", según el Convenio de Colaboración Científica en Investigaciones Astronómicas suscrito entre la GMTO Corporation y la Universidad de Chile, estarán sujetos al mismo régimen y gozarán de iguales prerrogativas y facilidades que las establecidas en el Convenio vigente de fecha de 6 de noviembre de 1963, celebrado entre el Gobierno de Chile y la Organización Europea para la Investigación Astronómica del Hemisferio Austral (ESO).
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.




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