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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2014


Ministerio de Relaciones Exteriores
MODIFICA ASIGNACIÓN DE USO DE VEHÍCULO FISCAL QUE INDICA
Núm. 771 exento.- Santiago, 28 de mayo de 2014.-
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974, y sus modificaciones; la circular N° 35.593, de 1995, de la Contraloría General de la República, que imparte instrucciones sobre uso y circulación de vehículos estatales; el decreto supremo N° 111, de 2011, y el decreto exento N° 124, de 2013, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Considerando:
a) Que mediante decreto exento N° 124, de 2013, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se autorizó la circulación todos los días del año, incluidos los sábados en la tarde, domingos y festivos, del automóvil marca Hyundai, modelo Santa Fe DM GLS 2.400 CC AT 2WD, Placa Fiscal FKDW-71, de la dotación de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile.
b) Que mediante decreto supremo N° 171, de 2014, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se designó en forma transitoria y provisional un nuevo Director Ejecutivo de AGCI, a contar del 1° de junio de 2014, y
c) Que, en atención a lo anterior, resulta necesario modificar el decreto señalado en el Considerando a) del presente decreto, asignando el uso del vehículo institucional de AGCI, a su nuevo Director Ejecutivo don Ricardo Antonio Herrera Saldías.
Decreto:
1° Modifícase el decreto exento N°124, de 2013, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido que el uso del vehículo institucional identificado en el Considerando a) de este decreto, deberá entenderse asignado, a contar del 1° de junio de 2014, al Director Ejecutivo Transitorio y Provisional de AGCI, don Ricardo Antonio Herrera Saldías o a quien lo subrogue.
2° En todo lo no modificado por el presente decreto, permanecerán vigentes las disposiciones contenidas en el decreto N° 124, de 2013, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3° Una copia del presente decreto deberá mantenerse en el vehículo, a fin de ser presentada a las autoridades, en el evento que así se requiera.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.




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