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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1595991 2019


(CVE 1595991)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS SÁBADOS EN LA TARDE, DOMINGOS Y FESTIVOS, A LOS VEHÍCULOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES QUE INDICA
Núm. 1.068 exento.- Santiago, 3 de octubre de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera fijado por el decreto con fuerza de ley N°1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; los artículos 1° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974 y sus modificaciones; el artículo 1°, número 7 del decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto con fuerza de ley N° 53, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones exentas de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales S-182, S-183, S-184 y S-185, todas de fecha 26 de septiembre de 2018; el oficio circular N° 26, del 15 de abril de 2003, de los Ministerios de Hacienda y del Interior; el oficio circular N° 16 de 14 de abril de 2015, del Ministerio de Hacienda; el oficio circular Gabinete Presidencial N° 522 de 18 de abril de 2015; el dictamen N°35.593 de 1995, y la resolución N° 1.600 del 30 de octubre de 2008, modificada parcialmente por las resoluciones Nos 10 y 18 de 2017, todas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1° Que, la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales adquirió 4 vehículos Station Wagon, marca Renault, modelo Duster Zen Tech 2.0L 6MT, placas patentes KRGP-68, KRGP-67, KRGP-69 y KRGP-71, dados de alta, respectivamente, mediante las resoluciones exentas del Servicio N os S-182, S-183, S-184 y S-185, todas de fecha 26 de septiembre de 2018.
2° Que, por la naturaleza propia de las funciones de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, en especial aquellas que le corresponde a la Dirección de Promoción de Exportaciones, a través de las Direcciones Regionales, se hace necesario que los vehículos antes singularizados, puedan desplazarse a lo largo de todo el país en cualquier día del año.
Decreto:
1° Autorízase a circular, en días sábados en la tarde, domingos y festivos, desplazándose por todo el territorio nacional, a los automóviles de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, que a continuación se singularizan, asignados al uso de las Direcciones Regionales de las Regiones de Arica y Parinacota, del Biobío, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena:
Dirección Regional de ProChile en la Región de Arica y Parinacota
Tipo vehículo : Station Wagon
Marca : Renault
Modelo : Duster Zen Tech 2.0L 6MT
Año : 2018
N° de Motor : F4RE412C114534
N° de Chasis : 9FBHSRCA6KM335163
Color : Gris Estrella
Placa Patente : KRGP-67
Dirección Regional de ProChile en la Región del Biobío
Tipo vehículo : Station Wagon
Marca : Renault
Modelo : Duster Zen Tech 2.0L 6MT
Año : 2018
N° de Motor : F4RE412C114535
N° de Chasis : 9FBHSRCA6KM335164
Color : Gris Estrella
Placa Patente : KRGP-68
Dirección Regional de ProChile en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Tipo vehículo : Station Wagon
Marca : Renault
Modelo : Duster Zen Tech 2.0L 6MT
Año : 2018
N° de Motor : F4RE412C118564
N° de Chasis : 9FBHSRCA6KM342333
Color : Gris Estrella
Placa Patente : KRGP-71
Dirección Regional de ProChile en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena
Tipo vehículo : Station Wagon
Marca : Renault
Modelo : Duster Zen Tech 2.0L 6MT
Año : 2018
N° de Motor : F4RE412C121141
N° de Chasis : 9FBHSRCA6KM342334
Color : Gris Estrella Placa
Patente : KRGP-69

2° Autorízase que los automóviles singularizados en el numeral anterior, podrán ser conducidos por los Directores Regionales y los funcionarios de las Direcciones Regionales respectivas que rindan las cauciones correspondientes.
3° Una copia del presente decreto deberá mantenerse en cada vehículo, a fin de ser presentado a las autoridades cuando así se requiera.
4° La presente autorización rige desde la fecha de la publicación de este decreto.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Roberto Ampuero Espinoza, Ministro de Relaciones Exteriores.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Ricardo G. Rojas, Director General Administrativo.




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