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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007



Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE PESCA
(Resoluciones)
MODIFICA RESOLUCION N° 3.583 EXENTA, DE 2006, QUE ESTABLECIO LA DISTRIBUCION DE LA FRACCION ARTESANAL DE PESQUERIA DE ANCHOVETA, SARDINA COMUN Y JUREL EN LA V REGION
Núm. 2.009 exenta.- Valparaíso, 6 de julio de 2007.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría en Memorándum (U.EE.) N° 08/2007, de fecha 20 de junio de 2007; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes N° 19.713, N° 19.822 y N° 19.849; los D.S. N° 409 de 2000, N° 11 de 2003 y N° 296 de 2004, y los Decretos Exentos N° 289 y N° 1518, ambos de 2006, N° 501 y N° 982, ambos de 2007, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; las Resoluciones Exentas N° 3583 de 2006, N° 849 y N° 1320, ambas de 2007, todas de esta Subsecretaría,
Resuelvo:
1°.- Modifícase la Resolución Exenta N° 3583 de 2006, modificada mediante Resoluciones Exentas N° 849 y N° 1320, ambas de 2007, todas de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Anchoveta Engraulis ringens, Sardina común Strangomera bentincki y Jurel Trachurus murphyi correspondiente a la V Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, para el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la Resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2007, en el sentido de indicar que las asignaciones de los recursos Anchoveta y Sardina común para la organización de pescadores artesanales Armadores Artesanales del Puerto de San Antonio Asociación Gremial, Registro de Asociaciones Gremiales N° 2510, sometida a dicho Régimen, serán las siguientes:
Anchoveta
OrganizaciónEne-AbrMay-AgoSep-DicTotal
Armadores Artesanales del Puerto de San
Antonio Asociación Gremial, Registro de
Asociaciones Gremiales N° 2510


12.200


2.008


145


14.353

Sardina común
OrganizaciónEne-AbrMay-AgoSep-DicTotal
Armadores Artesanales del Puerto de
San Antonio Asociación Gremial, Registro
de Asociaciones Gremiales N° 2510


1.643


269


20


1.932

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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