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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008




Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Resoluciones)
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 69 EXENTA, DE 2007
Núm. 3.657 exenta.- Valparaíso, 27 de diciembre de 2007.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorando Técnico (R. Pesq.) N° 106/2007, de fecha 19 de diciembre de 2007; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822, N° 19.849, N° 19.880; el D.S. N° 11 de 2003, y los decretos exentos N° 114, N° 392, N° 1.306, N° 1.564, todos de 2005; N° 36, N° 242, N° 274, N° 701, N° 1.035, todos de 2006, N° 934 y N° 1.687, ambos de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas N° 69, N° 1.175, N° 1.727, N° 2.496, N° 3.085, N° 3.379, todas de 2007, de la Subsecretaría de Pesca,
Resuelvo:
1.- Modifícase el numeral 1° de la resolución N° 69 de 2007, modificada mediante resoluciones exentas N° 1.175, N° 1.727, N° 2.496, N° 3.085 y N° 3.379, todas de 2007, de la Subsecretaría de Pesca, en el sentido que a continuación se indica:
a) Incrementar las fracciones autorizadas al mes de diciembre a las organizaciones de pescadores artesanales que se indica, en los montos que en cada caso se señala:
AyconSaldo Kg.
S.T.I. Gala-Antonio Ronchi7142
S.T.I. Pescadores Artesanales Litoral Sur2532
No Asociados Aguirre-Andrade Aycon493
S.T.I. Aguirre-Mares del Sur1488
S.T.I. Aguirre-Nuevaventura6552
S.T.I. Andrade-Francisco Andrade7359
S.T.I. Andrade-Islas Huichas4697
S.T.I. San Pedro de Puerto Cisnes240
Total30503


Universidad de ValparaísoSaldo Kg.
S.T.I. N° 1 Puerto Cisnes3824
S.T.I. Moraleda de Puerto Cisnes4927
S.T.I. Elefantes6705
S.T.I. Puerto Raúl Marín Balmaceda866
S.T.I. Puerto Puyuhuapi "Los Delfines"565
S.T.I. de la Pesca Artesanal de Caleta Andrade6651
No Asociados Aguirre-Andrade4914
S.T.I. Aguirre-Archipiel. del Sur9368
Cooperativa Milenaria1073
S.T.I. Canal Puyuhuapi396
Total39290

b) El incremento antes señalado se imputará a la cuota global anual de captura autorizada a ser extraída por el sector artesanal mediante decreto exento N° 1.522 de 2006, rectificado mediante decreto exento N° 5 de 2007, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
2.- La presente resolución podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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