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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.751 EXENTA, DE 2007, DE ESTA SUBSECRETARÍA, QUE ESTABLECIÓ LA DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA, SARDINA COMúN Y JUREL EN LA X REGIÓN
Núm. 790 exenta.- Valparaíso, 25 de marzo de 2008.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (D.A.S.) N° 46, de fecha 20 de marzo de 2008; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822 y N°19.849; los D.S. N° 409 de 2000, N° 11 de 2003 y N° 296 de 2004, y los decretos exentos N° 240 de 2006, N° 1.787 y N° 1.788, ambos de 2007, N° 115, N° 310 y N° 311, todos de 2008, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta N° 3.751 de 2007, de esta Subsecretaría.
Considerando:
Que mediante resolución exenta N° 3.751 de 2007, esta Subsecretaría estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta, Sardina común y Jurel en el área antes denominada Área Sur de la X Región.
Que mediante decretos exentos N° 310 y N° 311, ambos de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se modificó la cuota global anual de captura para las unidades de pesquería de Anchoveta y Sardina común V-X Regiones, establecida mediante decreto exento N° 1.787 de 2007, del mismo Ministerio.
Que conforme lo anterior, corresponde distribuir la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Anchoveta y Sardina común, entre las organizaciones de pescadores artesanales del área antes denominada Área Sur de la X Región sometidas al Régimen Artesanal de Extracción en las respectivas especies,
Resuelvo:
1°.- Modifícase la resolución N° 3.751 de 2007, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Anchoveta Engraulis ringens, Sardina común Strangomera bentincki y Jurel Trachurus murphyi correspondiente al área antes denominada Área Sur de la X Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, para el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2008, en el sentido de indicar que las asignaciones de los recursos Anchoveta y Sardina común para las organizaciones de pescadores artesanales sometidas a dicho régimen son las siguientes:
A) Pesquería artesanal de Anchoveta

B) Pesquería artesanal de Sardina común

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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