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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 413 DE 2008, DE ESTA SUBSECRETARÍA, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMúN EN LA VIII REGIÓN
Núm. 810 exenta.- Valparaíso, 27 de marzo de 2008.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum (DAS) N° 47 de 2008 de fecha 25 de marzo de 2008; lo informado por la Dirección Zonal de Pesca de la V-IX Regiones mediante C.I Subpesca N° 3.660 de fecha 6 de marzo de 2008; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822 y N° 19.849; el D.S. N° 296 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento del Régimen Artesanal de Extracción establecido en el artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura; los D.S. N° 409 de 2000 y N° 11 de 2003, N° 1.787 de 2007, N° 145, N° 310, N° 311 y N° 312 de 2008, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución exenta N° 413, N° 716, N° 717, N° 718, N°785, N° 786, N° 787 y N° 805 todas de 2008, de esta Subsecretaría,
Resuelvo:
1°.- Modifíquese el numeral 2° letras A) y B), de la resolución exenta N° 413 de 2008 de esta Subsecretaría de Pesca, modificada por resoluciones citadas en visto, que distribuye la fracción artesanal de pesquería de Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Clupea bentincki en la VIII Región, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción de conformidad con lo dispuesto en el decreto exento N° 145 de 2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de modificar la asignación para los recursos anchoveta y sardina común de la embarcación Barba Negra I (RPA 922487) y Mar Primero (RPA 924797), ambos del Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales, Lancheros, Acuicultores y Actividades Conexas de Caleta Lota abajo, Registro Sindical único 08.07.0106 de acuerdo a lo siguiente:
A) Pesquería artesanal de Anchoveta

B) Pesquería artesanal de Sardina común

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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