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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


MODIFICA RESOLUCIÓN N° 366, DE 2008, QUE ESTABLECIÓ LA DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA, SARDINA COMúN Y JUREL EN LA XIV REGIÓN
Núm. 1.143 exenta.- Valparaíso, 6 de mayo de 2008.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (DAS) N° 81 de fecha 22 de abril de 2008; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822, N° 19.849 y N°20.175; los D.S. N° 545 de 1998, N° 409 de 2000, N° 11 de 2003 y N° 296 de 2004, y los Decretos Exentos N° 240 de 2006, N° 1787 y N° 1788, ambos de 2007, y N° 115, N° 310, N°311 y N° 471 todos de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; las resoluciones exentas N° 366 y N° 789, ambas de 2008, de esta Subsecretaría.
Considerando:
Que mediante resolución N° 366 de 2008, modificada por resolución N° 789 de 2008, esta Subsecretaría estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta, Sardina común y Jurel en el área marítima de la XIV Región, antes denominada Área Norte de la X Región.
Que mediante decreto exento N° 471 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se modificó la cuota global anual de captura para las unidades de pesquería de Anchoveta y Sardina común V-X Regiones, establecida mediante decreto exento N° 1787 de 2007, modificado por los decretos exentos N° 310 y N° 311, ambos del 2008, del mismo Ministerio.
Que conforme lo anterior, corresponde distribuir la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Sardina común entre las organizaciones de pescadores artesanales del área marítima de la XIV Región, antes denominada Área Norte de la X Región, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción,
Resuelvo
1°.- Modifícase la resolución N° 366 de 2008, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Anchoveta Engraulis ringens, Sardina común Strangomera bentincki y Jurel Trachurus murphyi correspondiente al área marítima de la XIV Región, antes denominada Área Norte de la X Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, para el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la Resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2008, en el sentido de indicar que las asignaciones del recurso Sardina común para las organizaciones de pescadores artesanales sometidas a dicho Régimen son las si-guientes:
Pesquería artesanal de Sardina común.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial, por cuenta de esta Subsecretaría.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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