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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.751 EXENTA, DE 2007, QUE ESTABLECIÓ LA DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA, SARDINA COMúN Y JUREL EN LA X REGIÓN
Núm. 1.145 exenta.- Valparaíso, 6 de mayo de 2008.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (D.A.S.) N° 82, de fecha 22 de abril de 2008; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822 y N°19.849; los D.S. N° 409 de 2000, N° 11 de 2003 y N° 296 de 2004, y los decretos exentos N°240 de 2006, N° 1.787 y N° 1788, ambos de 2007, N° 115, N° 310, N° 311 y N° 471, todos de 2008, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; las resoluciones exentas N° 3.751 de 2007 y N° 790 de 2008, ambas de esta Subsecretaría.
Considerando:
Que mediante resolución exenta N° 3751 de 2007, modificada por resolución exenta N°790 de 2008, esta Subsecretaría estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta, Sardina común y Jurel en el área de la X Región, antes denominada Área Sur de la X Región.
Que mediante decreto exento N° 471 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se modificó la cuota global anual de captura para las unidades de pesquería de Anchoveta y Sardina común V-X Regiones, establecida mediante decreto exento N° 1.787 de 2007, modificado por decreto exento N° 310 y N° 311, ambos de 2008, del mismo Ministerio.
Que conforme lo anterior, corresponde distribuir la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Sardina común entre las organizaciones de pescadores artesanales de la X Región, área antes denominada Área Sur de la X Región sometidas al Régimen Artesanal de Extracción,
Resuelvo:
1°.- Modifícase la resolución N° 3751 de 2007, modificada por resolución exenta N° 790 de 2008, ambas de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Anchoveta Engraulis ringens, Sardina común Strangomera bentincki y Jurel Trachurus murphyi correspondiente al área de la X Región, antes denominada Área Sur de la X Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, para el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2008, en el sentido de indicar que las asignaciones del recurso Sardina común para las organizaciones de pescadores artesanales sometidas a dicho régimen son las siguientes:
Pesquería artesanal de Sardina común

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial, por cuenta de esta Subsecretaría.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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