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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE CLASIFICACIÓN DE ENFERMEDADES DE ALTO RIESGO
(Resolución)
Núm. 1.393.- Valparaíso, 30 de mayo de 2008.- Visto: El Informe Técnico N° 2.030, de fecha 19 de mayo de 2008, del Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría; lo informado por el Servicio Nacional de Pesca mediante Oficio ORD/UA/N° 520032208, de fecha 3 de abril de 2008; lo dispuesto en el DFL N° 5, de 1983, y en la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los DS N° 319, de 2001, y N° 359, de 2005, y el D. exento N° 626, de 2001, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y la resolución N° 2.572, de 2007, de esta Subsecretaría.
Considerando:
1° Que, el artículo 3° del DS N° 319, de 2001, modificado por el DS N° 359, de 2005, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que estableció el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las especies hidrobiológicas, prescribe que las enfermedades de alto riesgo se clasificarán por grupos de especies hidrobiológicas, considerando su virulencia, nivel de diseminación o impacto económico para el país, en Lista 1 y Lista 2, en conformidad a lo señalado en la misma disposición.
2° Que, el inciso final del citado artículo establece que anualmente, en el mes de agosto, esta Subsecretaría deberá dictar una resolución que contendrá la clasificación de las enfermedades de alto riesgo previo informe del Comité Técnico establecido en el Título XII del DS N° 319, de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
3° Que por resolución N° 2.572, de 2007, esta Subsecretaría estableció la clasificación anual de las enfermedades de alto riesgo, dando cumplimiento a las disposiciones anteriores.
4° Que el Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría, mediante el informe técnico citado en Visto, ha solicitado la modificación de la referida resolución en el sentido de incorporar en la Lista 1 de Peces la enfermedad del páncreas.
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución N° 2.572, de 2007, de esta Subsecretaría, que estableció la clasificación anual de enfermedades de alto riesgo, en conformidad a lo prescrito en el artículo 3° del DS N° 319, de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que estableció el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las especies hidrobiológicas, en el sentido de incorporar en la Lista 1 de Peces la siguiente enfermedad y su respectivo agente causal:
EnfermedadAgente Causal
Enfermedad del PáncreasVirus de la enfermedad del páncreas,
de la familia Togaviridae

2.- Transcríbase copia de esta resolución al Servicio Nacional de Pesca.
Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- María Ángela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).




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