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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N°542 DE 2009, DE ESTA SUBSECRETARÍA, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMúN EN LA VIII REGION
(Resolución)
Núm. 2.331 exenta.- Valparaíso, 2 de julio de 2009.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (DAS) N°26/09, de fecha 22 de junio de 2009; lo dispuesto en el artículo 32 N°6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N°5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N°18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N°430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes N°19.713, N°19.822 y N°19.849; el D.S. N°296 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento del Régimen Artesanal de Extracción establecido en el artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura; los D.S. N°409 de 2000 y N°11 de 2003, y los decretos exentos N°1.675 de 2008, N°332, N°452, N°575, todos de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución exenta N°542 de 2009, de esta Subsecretaría, y sus modificaciones posteriores.
Resuelvo:
1°.- Modifíquese el numeral 2° letras A) y B) de la resolución exenta N°542 de 2009, de esta Subsecretaría, y sus modificaciones posteriores, que distribuye la fracción artesanal de pesquería de Anchoveta y Sardina común en la VIII Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por unidad de asignación organizaciones de pescadores artesanales para el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2009, en el sentido de modificar la asignación para los recursos Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Strangomera bentincki, correspondientes a las organizaciones artesanales Asociación Gremial de Armadores Pescadores Artesanales de Lebu, Registro de Asociaciones Gremiales 356-8, y Sindicato de Trabajadores Independientes, Pescadores de la Pesca Artesanal, Armadores Artesanales y Actividades Conexas de la Caleta de Lota VIII Región, Registro Sindical único 08.07.0326, de acuerdo con lo siguiente:
A) PESQUERÍA ARTESANAL DE ANCHOVETA
OrganizaciónEne-Ago Sep-DicTotal
Asociación Gremial de Armadores Pescadores Artesanales de
Lebu, Registro de Asociaciones Gremiales 356-8000
Sindicato de Trabajadores Independientes, Pescadores de
la Pesca Artesanal, Armadores Artesanales y Actividades
Conexas de la Caleta de Lota VIII Región (SIPAR GENTE
DE MAR), Registro Sindical único 08.07.03262.66832.671

B) PESQUERÍA ARTESANAL DE SARDINA COMúN
OrganizaciónEne-AgoSep-DicTotal
Asociación Gremial de Armadores Pescadores Artesanales de
Lebu, Registro de Asociaciones Gremiales 356-8101
Sindicato de Trabajadores Independientes, Pescadores de la
Pesca Artesanal, Armadores Artesanales y Actividades Conexas
de la Caleta de Lota VIII Región (SIPAR GENTE DE MAR),
Registro Sindical único 08.07.032611.0801111.091

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- María Ángela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).




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