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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009




Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1 EXENTA, DE 2009
(Resolución)
Núm. 3.665 exenta.- Valparaíso, 5 de noviembre de 2009.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorando Técnico (R. Pesq.) N° 95/2009 de fecha 2 de octubre de 2009, complementado mediante Memorando Técnico (R. Pesq.) N° 101/2009 de fecha 28 de octubre de 2009; el DFL N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822, N° 19.849, N° 19.880; el DS N° 11 de 2003, y los decretos exentos N° 114, N° 392, N° 1.306, N° 1.564, de 2005; N° 36, N° 242, N° 274, N° 701, N° 1.035, de 2006, N° 934, N° 1.687, de 2007, N° 1.205, N° 1.647, N° 1.675, de 2008, N° 574 y N° 1.615, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas N° 01, N° 1.207, N° 1.274, N° 1.551, N° 1.552, N° 2.434, N° 2.497, N° 2.557, N° 2.558, N° 2.585, N° 3.133, N° 3.289, todas de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
Que la pesquería artesanal de Merluza del sur Merluccius australis correspondiente a la XI Región, se encuentra sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, de conformidad con lo dispuesto en el decreto exento N° 114 de 2005, modificado mediante decretos exentos N° 392 y N° 1.306, de 2005, N° 36, N° 242, N° 274, N° 701, N° 1.035, de 2006, N° 934 y N° 1.687, de 2007, N° 1.205 y N° 1.647, de 2008, N° 574 de 2009, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Que mediante decreto exento N° 1.615 de 2009, se modificó el Régimen Artesanal de Extracción antes señalado, incorporando una nueva organización de pescadores artesanales.
Que conforme lo anterior corresponde modificar la resolución exenta N° 1 de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca, modificada mediante las resoluciones citadas en Visto, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la pesquería de Merluza del sur de la XI Región, sometida al mencionado régimen de administración.
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución N° 1 de 2009, modificada mediante resoluciones exentas N° 1, N° 1.207, N° 1.274, N° 1.551, N° 1.552, N° 2.434, N° 2.497, N° 2.557, N° 2.558, N° 2.585, N° 3.133, N° 3.289, todas de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca, en el sentido que a continuación se indica:
a) Incorporar a la Flota Norte 2 -Rodrigo Azócar Guzmán- a la Asociación de Pescadores Artesanales de la Pesca Demersal de la Undécima Región A.G., Registro de Asociaciones Gremiales N° 85-11, con la siguiente asignación de capturas:

b) Reemplazar las asignaciones efectuadas a las organizaciones de pescadores artesanales que se indica, pertenecientes a la Flota Norte 2 -Universidad de Valparaíso-, por las siguientes:

c) Las cuotas señaladas en la letras a) y b) precedentes se imputarán a la cuota de captura de merluza del sur establecida para el área de aguas interiores, mediante decreto exento N° 1.675 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, asignada a la XI Región.
d) De las cuotas asignadas al mes de noviembre, se deberán descontar los excesos o sumar los remanentes de las capturas a la fecha de la presente resolución, conforme al aporte individual de cada pescador artesanal a la respectiva organización.
El Servicio Nacional de Pesca comunicará oportunamente a los interesados las cuotas definitivas para el mes de noviembre en aplicación de las reglas antes señaladas.
2.- La presente resolución podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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