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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Resoluciones)
SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ARTESANAL EN LA PESQUERÍA QUE INDICA POR PERÍODO QUE SEÑALA
Núm. 4.011 exenta.- Valparaíso, 3 de diciembre de 2009.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría de Pesca mediante Memorándum Técnico (R. Pesq.) N° 102/2009, de fecha 3 de noviembre de 2009, y por el Consejo Zonal de Pesca de V a IX Regiones e Islas Oceánicas mediante oficio Ord. N° 430083909, de fecha 26 de noviembre de 2009; lo dispuesto en el DFL N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado, coordinado y sistematizado fue fijado por DS N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución exenta N° 3.356 de 2004, de esta Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
Que mediante resolución exenta N° 3.356 de 2004, de esta Subsecretaría, se suspendió transitoriamente por cinco años la inscripción en el Registro Artesanal de la V Región e Islas Oceánicas, en todas sus categorías, en la sección pesquería del recurso Langosta de Juan Fernández (Jasus frontalis), por haber alcanzado el estado de plena explotación en dicha área de pesca.
Que el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para suspender transitoriamente por categoría de pescador artesanal y por pesquería, la inscripción en el registro artesanal una o más regiones, tratándose de especies que hayan alcanzado el estado de plena explotación.
Que mediante Memorándum Técnico citado en Visto, la Subsecretaría de Pesca recomendó la prórroga de la medida de suspensión transitoria de la inscripción en el Registro Artesanal de la V Región e Islas Oceánicas, en todas sus categorías, en la sección pesquería del recurso Langosta de Juan Fernández (Jasus frontalis) por un período de cinco años.
Que mediante oficio citado en Visto el Consejo Zonal de Pesca de la V a IX Regiones e Islas Oceánicas aprobó la medida de administración antes señalada.
Resuelvo:
1.- Suspéndase por el plazo de cinco años, contados a partir de la fecha de término de vigencia de la resolución exenta N° 3.356 de 2004, de esta Subsecretaría, la inscripción en el Registro Artesanal de la V Región e Islas Oceánicas, en todas sus categorías, en la sección pesquería del recurso Langosta de Juan Fernández (Jasus frontalis), por haber alcanzado el estado de plena explotación en dicha área de pesca.
2.- Asimismo, suspéndase por el mismo período, en el área antes señalada, las inscripciones en el Registro Artesanal de todas las especies que constituyan fauna acompañante del recurso señalado precedentemente, con trampas.
3.- Transcríbase copia de la presente resolución al Servicio Nacional de Pesca y a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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