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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.447 EXENTA, DE 2010
(Resolución)
Núm. 1.664 exenta.- Valparaíso, 27 de mayo de 2010.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría mediante Memorándum Técnico (R.Pesq.) N° 034/2010, de fecha 18 de mayo de 2010; lo dispuesto en el DFL N° 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley N° 19.880; la resolución exenta N° 1.447, de 2010, de esta Subsecretaría.
Considerando:
Que mediante resolución exenta N° 1.447, de 2010, publicada en el Diario Oficial del día 30 de abril de 2010, esta Subsecretaría fijó el tamaño mínimo de extracción de las especies Lenguado (Paralichthys microps, Paralichthys adspersus, Hippoglossina macrops) y Corvina (Cilus gilberti) en todas las aguas de jurisdicción nacional.
Que habida consideración de la catástrofe acaecida en febrero del presente año, que afectó profundamente al sector pesquero artesanal de nuestro país, la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría ha recomendado, mediante Memorándum Técnico citado en Visto, postergar la entrada en vigencia de la medida de administración relativa al tamaño mínimo de extracción del recurso Corvina Cilus gilberti, de modo de flexibilizar la referida medida de administración asociada a un recurso de importancia económica para el sector pesquero artesanal.
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución exenta N° 1.447, de 2010, de esta Subsecretaría, que fijó tamaños mínimos de extracción para los recursos Lenguado (Paralichthys microps, Paralichthys adspersus, Hippoglossina macrops) y Corvina (Cilus gilberti), en el sentido de incorporar el siguiente numeral 5.-, nuevo:
"5.- La medida relativa al tamaño mínimo de extracción para el recurso Corvina comenzará a regir en el plazo de 2 años contados desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, esto es, a partir del día 30 de abril del año 2012.".
2.- Transcríbase copia de la presente resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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