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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010




Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.353, DE 2010, QUE ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE BANCO NATURAL DE RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS
(Resolución)
Núm. 2.474 exenta.- Valparaíso, 11 de agosto de 2010.- Visto: El informe técnico N° 3360, de fecha 10 de noviembre de 2009, modificado por informe técnico N° 1463, de 4 de agosto de 2010, ambos del Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría; lo dispuesto en el D.F.L. N° 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.880 y N° 20.434; la resolución N° 2.353, de 2010, de esta Subsecretaría,
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución N° 2.353, de 2010, de esta Subsecretaría, en el sentido de reemplazar en su numeral 14 el guarismo 16 por 23.
2. La presente resolución podrá ser impugnada por la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que procedan de conformidad con la normativa vigente.
3. Transcríbase copia de la presente resolución al Servicio Nacional de Pesca.
Anótese, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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