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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010




Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
Servicio Nacional de Pesca
DECLARA EMERGENCIA DE PLAGA LA PRESENCIA DE LA MICROALGA DIDYMOSPHENIA GEMINATA EN EL SECTOR QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 1.753 exenta.- Valparaíso, 12 de octubre de 2010.- Visto: Lo informado por el Centro de Investigación en Ecosistemas de la Patagonia (CIEP); lo dispuesto en el DFL N° 5 de 1983 y sus modificaciones; el D.S. N° 430 de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.892 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura; el D.S. N° 345 de 2005, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, el artículo 86 de la Ley General de Pesca y Acuicultura dispone que el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción mediante decreto supremo establecerá las medidas de protección y control para evitar la introducción de especies que constituyan plagas, aislar su presencia en caso que éstas ocurran, evitar su propagación y propender a su erradicación.
Que, el artículo 9 del D.S. 345, citado en Visto, que aprueba el Reglamento sobre Plagas Hidrobiológicas, faculta al Servicio Nacional de Pesca para establecer una emergencia de plaga, para el caso que se detecte la presencia de una especie exótica invasiva, aplicando las medidas de contingencia conforme lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto normativo.
Que, de acuerdo al artículo 3 literal j) del texto reglamentario antes mencionado, constituye especie exótica invasiva aquella que se encuentra fuera de su rango natural de distribución y que tiene antecedentes de haber generado una plaga en cuerpos de agua marinos o terrestres nacionales o extranjeros.
Que, conforme al informe técnico citado en Visto, se ha confirmado la presencia de la microalga Didymosphenia geminata, especie exótica invasiva, en el sector de la cuenca el Río Simpson, la que se extiende entre la Provincia de Coyhaique y Aysén, Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo,
Resuelvo:
Artículo 1°.- Declárase Emergencia de Plaga, por un período de treinta días corridos, contado desde la publicación de la presente resolución, la cuenca de Río Simpson, entre las provincias de Coyhaique y Aysén, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, por haberse detectado la presencia de la especie exótica invasiva Didymosphenia geminata, conforme lo expresado en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2°.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento sobre Plagas Hidrobiológicas, aprobado por D.S. 345 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el Servicio adoptará las medidas y acciones para evitar la diseminación y propagación de la microalga Didymosphenia geminata contenidas en los literales b), c), y e) del artículo 11 del citado reglamento.
Artículo 3°.- El cumplimiento de las medidas indicadas en el artículo precedente se sujetará a lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 11 del Reglamento sobre Plagas Hidrobiológicas.
Artículo 4°.- El incumplimiento de las medidas establecidas y aprobadas por el presente acto administrativo, se sancionará conforme a las disposiciones de los Títulos IX y X de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en relación al artículo 35 del Reglamento ya citado.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Félix Inostroza Cortés, Director Nacional Servicio Nacional de Pesca..




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