GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


ESTABLECE MEDIDAS DE ADMINISTRACIÓN PARA LAS ESPECIES ÍCTICAS DE IMPORTANCIA RECREATIVA EN LOS RÍOS FUY, NELTUME, LLANQUIHUE Y ENCO
Por resolución exenta N° 015, de esta Dirección Zonal de Pesca, autorízase la actividad de pesca recreativa para los períodos comprendidos entre el 12 de noviembre de 2010 y el 11 de noviembre de 2011, y entre el 12 de noviembre de 2011 y el 11 de noviembre de 2012, en los ríos Fuy, Neltume, Llanquihue y Enco y sus afluentes, incluyendo el nacimiento y desembocadura en los lagos que les correspondan, bajos las condiciones establecidas en la resolución extractada.
Las actividades de pesca recreativa en el área y durante el período antes indicado sólo podrán efectuarse mediante la modalidad de pesca con devolución obligatoria de los ejemplares capturados y durante toda la temporada de pesca, usando exclusivamente señuelos artificiales con un anzuelo simple y sin rebarba, pudiendo utilizar hasta un señuelo remolcado.
Todos los ejemplares de especies nativas o asilvestradas que se capturen en los cursos y cuerpos de agua individualizados precedentemente, en el ejercicio de actividades de pesca recreativa, deberán ser devueltos inmediatamente, vivos y en buenas condiciones, al mismo lugar de extracción. En caso de producirse mortalidades por causa de la pesca, igualmente los especímenes deberán ser devueltos al medio acuático para su reciclaje natural.
Sólo se permitirá, en el tramo indicado, una cuota de pesca, por pescador y por jornada de pesca, de un ejemplar de salmón, cualquiera sea su especie, con excepción de las especies trucha arcoiris y trucha café.
El texto completo de la presente resolución se encuentra publicado en www.subpesca.cl.
Puerto Montt, 10 de noviembre de 2010.- Pedro Brunetti Barroso, Director Zonal de Pesca XIV y X Regiones.




VolverTamaño de Fuente