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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
Servicio Nacional de Pesca
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.803 EXENTA, DE 2008
(Resolución)
Núm. 1.990 exenta.- Valparaíso, 18 de noviembre de 2010.- Vistos: El DFL N° 5, de 1983; el D.S. N°430, de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, y el D.S. N° 319, de 2001, que aprueba el Reglamento sobre Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; las resoluciones exentas N° 1.803, de 11 de julio de 2008, y N° 873, de fecha 9 de junio de 2010, ambas del Servicio Nacional de Pesca, publicadas en el Diario Oficial de 21 de julio de 2008 y 14 de junio de 2010, respectivamente, y lo dispuesto en la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, por resolución exenta N° 1.803, de 2008, del Servicio Nacional de Pesca, se establecieron, con carácter provisional, medidas alternativas y adicionales de protección y control para evitar la introducción, a través de las ovas de las especies salmónidas, de enfermedades de alto riesgo, en especial la Anemia Infecciosa del Salmón y la Enfermedad del Páncreas.
Que, mediante resolución exenta N° 873, citada en vistos, se modificó la resolución mencionada en el considerando precedente, dejando sin efecto tales medidas respecto de la Enfermedad del Páncreas.
Que, se ha evaluado por este Servicio la permanencia de tales medidas respecto a la Anemia Infecciosa del Salmón, y también se ha estimado preciso dejarlas sin efecto.
Que, conforme lo antes expresado, y en atención a que la resolución exenta N° 1.803 ya citada, originalmente, sólo establecía tales medidas respecto a la Enfermedad del Páncreas y la Anemia Infecciosa del Salmón, procede dejarla sin efecto,
Resuelvo:
Artículo único: Déjase sin efecto la resolución exenta N° 1.803, de fecha 11 de julio de 2008, del Servicio Nacional de Pesca, publicada en el Diario Oficial de 21 de julio de 2008, conforme lo expresado en el considerando de la presente resolución.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan Luis Ansoleaga Bengoechea, Director Nacional(S) Servicio Nacional de Pesca.




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