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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2011


Servicio Nacional de Pesca
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.072 EXENTA, DE 1998, QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE LA COMERCIALIZACIÓN Y TRANSPORTE DE RECURSO JUREL
(Resolución)
Núm. 1.356 exenta.- Valparaíso, 23 de junio de 2011.- Vistos: Lo requerido por el Departamento de Fiscalización e Inspección Pesquera, por medio Hoja de Envío N° 130058211, de fecha 9 de mayo de 2011; el DFL N° 5, de 1983 y la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 430, de 1991, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actualmente, Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la resolución exenta N° 1.072, de 18 de mayo de 1998, y sus modificaciones contenidas en la resolución exenta N° 1.885, de 31 de agosto de 1998, ambas del Servicio Nacional de Pesca y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en la letra a) del artículo 28 del decreto con fuerza de ley N° 5, de 1983, citado en Vistos, el Director Nacional del Servicio Nacional de Pesca tiene la atribución de dictar resoluciones para la aplicación y fiscalización de las leyes y reglamentos sobre pesca, caza marítima y demás formas de explotación de los recursos hidrobiológicos.
Que, en ejercicio de la señalada atribución, se dictó la resolución exenta N° 1.072, de 18 de mayo de 1998, citada en Vistos, que estableció un procedimiento para el control de la comercialización y transporte de recurso jurel, con fines de exportación y consumo en fresco, el cual consiste esencialmente en el sellado del compartimiento de carga del vehículo o medio de transporte, previa verificación documental y física del recurso o productos a transportar.
Que por razones de una mejor gestión de los esfuerzos de fiscalización del Servicio y toda vez que las circunstancias que motivaron la dictación de la señalada resolución han cambiado, se hace necesario dejar sin efecto la resolución mencionada en el considerando anterior,
Resuelvo:
Déjase sin efecto la resolución exenta N° 1.072, de 18 de mayo de 1998, del Servicio Nacional de Pesca.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Juan Luis Ansoleaga Bengoechea, Director Nacional.




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