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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


ESTABLECE MEDIDAS DE ADMINISTRACIÓN PARA LA PESCA RECREATIVA EN LOS
RÍOS COÑARIPE Y LLANCAHUE
Por resolución exenta N° 2, de esta Dirección Zonal de Pesca, autorízase sólo la actividad de pesca recreativa con devolución obligatoria para todas las especies ícticas presentes en los ríos Coñaripe y Llancahue, en cada temporada de pesca, por un período de dos años, y bajo las condiciones indicadas en la resolución extractada.
El texto completo de la presente resolución se encuentra publicado en www.subpesca.cl.
Puerto Montt, 16 de enero de 2012.- Pedro Brunetti Barroso, Director Zonal de Pesca XIV y X Regiones.




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