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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
AMPLÍA PLAZO PARA INTERPONER RECURSO DE REPOSICIÓN EN CONTRA DE LAS RESOLUCIONES Nos 753 Y 754 EXENTAS, DE 2012
(Resolución)
Núm. 966 exenta.- Valparaíso, 20 de abril de 2012.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera mediante memorándum (D.P.) N° 155/2012, de fecha 17 de abril de 2012; lo dispuesto en el DFL N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.880 y N° 20.560; la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; las resoluciones exentas N° 753 y N° 754, ambas de 2012 y de esta Subsecretaría.
Considerando:
Que mediante las resoluciones exentas N° 753 y N° 754, ambas de 2012 y de esta Subsecretaría de Pesca, se establecieron las nóminas preliminares de buzos, recolectores de orilla, algueros o buzos apnea y de armadores artesanales y sus embarcaciones, respectivamente, que participaron de las pescas de investigación a que se refieren los artículos 1° y 2° de la ley N° 20.560, en las regiones y pesquerías que ahí se indican.
Que el inciso 2° del artículo 3° de la citada ley, establece que los pescadores artesanales y sus embarcaciones que, cumpliendo con los requisitos indicados precedentemente no hubieren sido incorporados en la nómina respectiva, podrán interponer los recursos administrativos que correspondan de conformidad con la ley N° 19.880.
Que sin perjuicio de lo anterior, la ley dispone un plazo especial de 15 días hábiles para interponer los recursos de reposición y jerárquico, contados desde la fecha de publicación en extracto en el Diario Oficial de la última resolución que establece la nómina de la pesquería que se impugna.
Que las resoluciones exentas N° 753 y N° 754, de 2012, de esta Subsecretaría, a que hacen referencia el citado artículo, fueron publicadas en el Diario Oficial con fecha 31 de marzo de 2012.
Que de acuerdo a lo indicado en el artículo 26 de la ley N° 19.880, la Administración podrá conceder, de oficio, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos.
Que con el fin de garantizar a buzos, recolectores de orilla, algueros o buzos apnea y armadores artesanales y sus embarcaciones no incorporados en las nóminas a que se refieren los artículos 1° y 2° de la ley N° 20.560, un plazo adecuado para interponer el recurso de reposición en contra de las resoluciones exentas citadas en Visto, es que se autoriza una ampliación del plazo de conformidad a los términos indicados en la ley N° 19.880,
Resuelvo:
1.- Amplíase hasta el 3 de mayo de 2012 inclusive, el plazo para interponer el recurso de reposición en contra de las resoluciones exentas N° 753 y N° 754, ambas de 2012 y de esta Subsecretaría de Pesca, que establecieron las nóminas provisorias de buzos, recolectores de orilla, algueros o buzos apnea y de armadores artesanales y sus embarcaciones, que participaron de las pescas de investigación a que se refieren los artículos 1° y 2° de la ley N° 20.560, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 de la ley N° 19.880 y a lo indicado en la parte considerativa de la presente resolución.
2.- La presente resolución podrá ser impugnada por la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, Ley General de Pesca y Acuicultura, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que procedan, de conformidad con la normativa vigente.
3.- Transcríbase copia de la presente resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, al Servicio Nacional de Pesca, a los Directores Zonales de Pesca, a la División de Administración Pesquera y a la División Jurídica, todas de esta Subsecretaría de Pesca.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y a texto íntegro en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Paolo Trejo Carmona, Jefe Departamento Administrativo.




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