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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
ESTABLECE TAMAÑO MÍNIMO DE EXTRACCIÓN DEL RECURSO JUREL ENTRE LA XV A LA X REGIONES
(Extracto)
Por resolución N° 1.665 exenta, de esta Subsecretaría, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo transitorio de la ley N° 20.485, establécese un tamaño mínimo de extracción del recurso Jurel en el área marítima comprendida entre la XV Región de Arica y Parinacota a la X Región de Los Lagos, ambas inclusive, de veintiséis centímetros de longitud de horquilla, manteniéndose vigente la medida de administración sobre esta materia contenida en el DS N° 458 de 1981, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Establécese en la captura de Jurel que se efectúe en calidad de fauna acompañante de la pesca dirigida al recurso Anchoveta en el área marítima comprendida entre la XV Región de Arica y Parinacota a la II Región de Antofagasta, ambas inclusive, un margen de tolerancia del tamaño mínimo de extracción de un monto máximo de hasta 40.000 toneladas anuales de Jurel, las que se imputarán a las cuotas de captura asignadas al área marítima antes señalada.
El margen de tolerancia anual en ningún caso podrá exceder de las cuotas anuales de jurel autorizadas para el área marítima de la XV a la II Regiones.
Las capturas efectuadas entre el 1° de enero de 2012 y la fecha de publicación de la presente resolución, se imputarán al margen de tolerancia autorizado en el inciso anterior.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.
Valparaíso, 19 de junio de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretaría de Pesca.




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