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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
Dirección Zonal de Pesca y Acuicultura
XII Región de Magallanes y Antártica Chilena
ESTABLECE MEDIDAS DE ADMINISTRACIÓN PARA LA ESPECIE TRUCHA DE ARROYO EN LAGUNA PARRILLAR
(Extracto)
Por resolución exenta N° 1 de 29 de octubre de 2014, de esta Dirección Zonal de Pesca, establécese una veda biológica para la especie Trucha de arroyo en la Laguna Parrillar, XII Región, entre el 1 de marzo y el 15 de octubre, ambas fechas inclusive, a partir de la publicación de la presente resolución y para las temporadas de pesca entre los años 2015 y 2016. En consecuencia, autorízase la actividad de pesca recreativa sobre el citado recurso en la Laguna Parrillar, XII Región, entre el 16 de octubre de 2014 y el 28 de febrero de 2015, y entre el 16 de octubre de 2015 y el 29 de febrero de 2016.
Durante la temporada de pesca sólo se permitirá la captura con devolución de la especie Trucha de arroyo, tanto para Pesca de Lanzamiento o Spinning como para Pesca con Mosca, utilizando 1 solo anzuelo y sin rebarba.
El texto completo de la presente resolución se encuentra publicado en www. subpesca.cl.
Punta Arenas, 29 de octubre de 2014.- Gonzalo Rubilar Díaz, Director Zonal de Pesca y Acuicultura XII Región de Magallanes y Antártica Chilena.




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