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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA - SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA - DIRECCION NACIONAL


DO 1112629 2016


(CVE 1112629)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Dirección Nacional
MODIFICA, EN EL SENTIDO QUE INDICA, LA RESOLUCIÓN N° 1.120 EXENTA, DE
2016, DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, QUE DELEGA FUNCIONES DIRECTIVAS QUE INDICA EN FUNCIONARIA QUE SEÑALA
(Resolución)
Núm. 5.123 exenta.- Valparaíso, 29 de junio de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 5°, 31° y 41° del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 20.882, de Presupuestos del Sector Público para el año 2016; la ley N° 19.880; el decreto con fuerza de ley N° 430, de 1991, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989, Ley General de Pesca y Acuicultura; el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto con fuerza de ley N° 5, de 1983, y el decreto supremo N° 635, de 1992, y sus modificaciones, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la resolución exenta N° 1.120, de 24 de febrero de 2016, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, mediante resolución exenta N° 1.120, citada en Visto, el Director Nacional (S) de esta Institución, en uso de las atribuciones legales contenidas en el artículo 41° del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 y en la Glosa 03, letra a), de la Partida 07, Capítulo 04, Programa 01 de la ley N° 20.882, ambos cuerpos normativos también mencionados en Visto, delegó en la funcionaria Erika Elizabeth García Alcerreca, actualmente Encargada de la Dirección Regional de Pesca y Acuicultura de la Región del General Libertador Bernardo O‘Higgins, las funciones y atribuciones directivas que en dicho acto administrativo se pormenorizan.
Que, a su turno, en virtud de la referida resolución exenta N° 1.120, las señaladas funciones directivas fueron asignadas al servidor Christian Manuel de la Barra Rob, para ser ejercidas en caso de ausencia o impedimento temporal de la Sra. García Alcerreca, y mientras se mantuvieran dichas circunstancias.
Que, actualmente, y a efectos de dar cabal cumplimiento a los principios de eficiencia y eficacia que deben primar en el ejercicio de la función pública, se hace necesario incorporar, entre las atribuciones directivas delegadas y asignadas. respectivamente, las que se singularizan en la parte resolutiva de este acto.
Resuelvo:
Primero : Modifícase el dispositivo Primero de la resolución exenta N° 1.120, de 24 de febrero de 2016, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en el sentido de incorporar, entre las siguientes funciones y atribuciones de carácter directivo delegadas, las siguientes:
1. En el numeral 1), referido al ámbito del ejercicio de las atribuciones o funciones inherentes al Servicio, incorpórase la siguiente letra n):
n) Firmar las resoluciones que rechacen y aquellas que acojan total o parcialmente las solicitudes de inscripción en el Registro Pesquero Artesanal, así como las solicitudes de modificación, renuncia, cancelación y desistimiento presentadas en las Direcciones Regionales del Servicio, en las categorías de pescador artesanal propiamente tal, buzo mariscador, recolector de orilla, alguero o buzo apnea, y armador artesanal..
2. En el numeral 2), referido al ámbito del ejercicio de facultades inherentes al personal asignado a la Dirección Regional de Pesca y Acuicultura de la Región del General Libertador Bernardo O‘Higgins, incorpóranse las siguientes letras t) y u):
t) Practicar las anotaciones de mérito y de demérito que correspondan, respecto del personal de su dependencia, acorde las disposiciones pertinentes del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo (en adelante, indistintamente, Estatuto Administrativo), del decreto N° 1.825, de 1998, que Aprueba el Reglamento de Calificaciones del Personal afecto al Estatuto Administrativo, y del decreto supremo N° 393, de 2001, que Establece el Reglamento Especial de Calificaciones del Personal del Servicio Nacional de Pesca ".
u) Emitir los Informes de Desempeño (I y II) y efectuar la respectiva Precalificación, en cumplimiento de la normativa referida en la letra t) precedente..
Segundo : Déjase establecido que, en todo lo no modificado por el presente acto administrativo, rige plenamente la resolución exenta N° 1.120, de 24 de febrero de 2016, citada en Visto.
Anótese, comuníquese, transcríbase y publíquese en el Diario Oficial.- José Miguel Burgos González, Director Nacional, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.




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