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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1182274 2017


(CVE 1182274)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

RECTIFICA RESOLUCIÓN N° 323 EXENTA, DE 2017, DE ESTA SUBSECRETARÍA

(Extracto)

Por resolución exenta N° 488, de 8 de febrero de 2017, de esta Subsecretaría, rectifícase el numeral 1° de la resolución exenta N° 323 de 2017, de esta Subsecretaría, que autorizó desde la fecha de publicación de la citada resolución en los términos establecidos en el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, la actividad pesquera extractiva de embarcaciones industriales, que utilicen como arte de pesca la red de cerco, para las especies Anchoveta y Sardina española en determinadas zonas de mar comprendidas en el área de reserva para la pesca artesanal de la XV y I Regiones, en los siguientes términos:

a) En el número 12, reemplazar la frase "entre Punta Gruesa (20°22‘00L.S.) y Punta Patache (20°48‘30L.S)", por la oración "entre Punta Barrancos (20°36‘00L.S.) y Punta Patache (20°48‘30L.S)", y
b) En el sentido de reemplazar su número 14 por el siguiente:

"14) Al oeste de la línea recta imaginaria que une los puntos ubicados a una milla marina medida desde la línea de base norma, entre Punta Lobos (21°01‘15L.S) y Punta Falsa Chipana (21°20‘30L.S)".

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 8 de febrero de 2017.- Paolo Trejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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