GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA - SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA - DIRECCION NACIONAL


DO 1267962 2017


(CVE 1267962)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura / Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura / Dirección Nacional
MODIFICA, EN EL SENTIDO QUE INDICA, LA RESOLUCIÓN N° 1.999 EXENTA, DE FECHA 8 DE MAYO DE 2017, QUE DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY N° 20.730 QUE REGULA EL LOBBY Y LA GESTIÓN DE INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
(Resolución)
Núm. 3.975 exenta.- Valparaíso, 25 de agosto de 2017.

Visto:

Lo solicitado por correo electrónico de fecha 7 de agosto de 2017; la resolución N° 1.999, de fecha 8 de mayo de 2017 del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el Título VI de la Ley N° 19.882; el DFL N° 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones; la ley N° 20.730, que regula el Lobby y la Gestión de Intereses Particulares ante las autoridades y funcionario y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1° Que, conforme a lo señalado en el artículo 3° de la Ley N° 20.730 -en adelante la Ley- tienen la calidad de sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de esta ley, las autoridades que en dicha norma se indican y, aquellas personas que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyan decisivamente en quienes gocen de dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración.
2° Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 3° precitado, el Jefe Superior del Servicio respectivo debe proceder anualmente a individualizar a las personas que se encuentren en dicha calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en su artículo 9°.
3° Que, conforme lo prescrito por el artículo 5° del Reglamento contenido en el decreto supremo N° 71, citado en vistos, mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad competente se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones.
4° Que, mediante resolución exenta N° 1.999 citada en vistos, el Director Nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, designó en calidad de sujetos pasivos de la Ley N° 20.730 a los Directores Regionales; Encargado(a) de Abastecimiento de la Dirección Nacional; Jefe(a) de Departamento Administrativo; Jefe(a) de Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; Subdirector(a) de Acuicultura y Subdirector(a) de Pesquerías y Subdirector(a) de Comercio Exterior.
5° Que, como buena práctica administrativa, el Director Nacional que suscribe ha determinado modificar la resolución exenta N° 1.999, ya citada designando a otros sujetos pasivos, atendido que detentan y ejercen atribuciones de carácter decisorio relevantes o, influyen de manera significativa en quienes cuentan con dichas atribuciones.

Resuelvo:

Primero: Modifícase la resolución exenta N° 1.999, de fecha 8 de mayo de 2017, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en el sentido de incorporar entre los sujetos pasivos de la ley N° 20.730 individualizados en el Artículo Primero, a continuación del número 7) a los siguientes funcionarios del Servicio con el correspondiente orden correlativo:

8. Subdirector(a) Administrativo
9. Subdirector(a) Jurídico(a)
10. Secretario(a) Ejecutivo del Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal

Segundo: Déjase establecido que, en todo lo no modificado por el presente acto administrativo, rige plenamente la resolución exenta N° 1.999, de fecha 8 de mayo de 2017, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- José Miguel Burgos González, Director Nacional, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.




VolverTamaño de Fuente