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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1469743 2018


(CVE 1469743)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
ESTABLECE PERÍODO PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 14 DEL DS N° 296, DE 2004, DEL ACTUAL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
(Extracto)
Por resolución exenta N° 3.272, de 11 de septiembre de 2018, de esta Subsecretaría, fíjase el día 5 de noviembre de 2018, inclusive, como plazo límite para que todas las organizaciones de pescadores artesanales, sometidas a Régimen Artesanal de Extracción mediante decreto exento N° 25, de 2015, y sus modificaciones, comuniquen por escrito a esta Subsecretaría las variaciones o modificaciones que en el número de pescadores o embarcaciones experimentarán para el año 2019.
Asimismo, y dentro del mismo plazo indicado precedentemente, las organizaciones de pescadores artesanales que no se encuentren sometidas al Régimen y que deseen incorporarse al mismo deberán comunicar por escrito a la Subsecretaría su intención en tal sentido, en la forma señalada en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 11 de septiembre de 2018.- Eduardo Riquelme Portilla, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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