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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA - SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA - DIRECCION NACIONAL


DO 1509133 2018


(CVE 1509133)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura / Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura / Dirección Nacional
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.963 EXENTA, DE 27 DE MAYO DE 2016, EN EL SENTIDO QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 5.552 exenta.- Valparaíso, 28 de noviembre de 2018.

Visto:

La resolución exenta N° 3.963, de fecha 27 de mayo de 2016, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; lo dispuesto en los artículos 5°, 31 y 41 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto con fuerza de ley N° 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 430, del año 1991, del Ministerio recién citado; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 31 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, citado en Visto, a los jefes de servicio les corresponderá dirigir, organizar y administrar el correspondiente servicio, controlarlo y velar por el cumplimiento de sus objetivos, responder de su gestión, y desempeñar las demás funciones que la ley les asigne.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la precitada Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, con el ejercicio de las facultades y atribuciones propias podrán ser delegadas, en las condiciones y con los efectos que el señalado precepto pormenoriza.
Que, mediante resolución exenta N° 3.963, citada en Vistos, se delegó en los Directores Regionales del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, o en quien los subrogue, la facultad de firmar por orden del Director Nacional de Pesca y Acuicultura, determinados actos administrativos que dicen relación con el Registro Pesquero Artesanal, con la finalidad de desconcentrar, agilizar y hacer más efectiva y eficiente la resolución de dichos trámites.
Que, en este orden de ideas, se hace necesario indicar que dentro del Resuelvo Primero de la mentada resolución, se hace alusión a la facultad de los Directores Regionales para resolver solicitudes de modificación en el Registro Pesquero Artesanal.
Que, el Servicio estima que, en razón de la amplitud que conlleva dicha declaración, se estima pertinente especificar que los trámites de modificaciones de titularidad de personas jurídicas a persona natural y viceversa, no serán objeto de dicha delegación, radicándose su resolución en la Dirección Nacional del Servicio.

Resuelvo:

1. Modifícase, en el sentido de rectificar, la resolución exenta N° 3.963, de fecha 27 de mayo de 2016, en el Resuelvo Primero donde dice y las solicitudes de modificación, debe decir y las solicitudes de modificación –excepto aquellas que correspondan a solicitudes de modificación de titularidad de persona jurídica a persona natural y viceversa–.
2. Déjase establecido que en todo lo no modificado rige íntegramente la resolución exenta N° 3.963, de fecha 27 de mayo de 2016.

Anótese, comuníquese, transcríbase y publíquese en el Diario Oficial.- Alicia Gallardo Lagno, Directora Nacional, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.




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